«Por el cual se hace el cierre temporal de una vía en el marco de la Conmemoración internacional de la Actividad Física, acorde con el Plan de Desarrollo y trabajando mancomunadamente con las Secretarías de Salud y de Recreación y Deportes; como Secretaría de Movilidad nos unimos a esta jornada dando cumplimiento a los programas «por una movilidad más segura, más regulada y más sostenible para el Departamento».
El GOBERNADOR (E) DEL DEPARTAMENTO ARCHIPIELAGO DE SAN ANDRES, PROVIDENCIA Y SANTA CATALINA, en uso de
sus facultades Constitucionales y legales, en especial las conferidas en los artículos 3, 6 y 101 de la Ley 769 de 2002 o Código Nacional
de Tránsito, modificado por la Ley 1383 de 2010, y CONSIDERANDO
Que en el inciso segundo del Artículo 2° de la Constitución Política, se establece que: «Las autoridades de la República están instituidas
para proteger a todas las personas residentes en Colombia, en su vida, honra, bienes, creencias, y demás derechos y libertades, y para asegurar el cumplimiento de los deberes sociales del Estado y de los particulares…», de ahí que corresponde al Estado velar por la
seguridad, tranquilidad y bienestar colectivo y para el efecto, prohibir, condicionar y restringir el tránsito y transporte.
.
Que en virtud de la Conmemoración internacional de la Actividad Física, acorde con el Plan de Desarrollo y trabajando
mancomunadamente con las Secretarías de Salud y de Recreación y Deportes; como Secretaría de Movilidad nos unimos a esta
jornada dando cumplimiento a los programas «por una movilidad más segura, más regulada y más sostenible para el Departamento».
En virtud de lo anteriormente expuesto, DECRETA:
ARTÍCULO PRIMERO: Ciérrese temporalmente, a partir de las cuatro y media de la tarde (4:30 pm) hasta las nueve de la noche (9:00 pm), del día veintiséis (26) de Abril de 2019, la vía que a continuación se describe para el desarrollo de actividades como toma de presión, charlas sobre habito y estilo de vida saludable, rumba terapia y diversas actividades físicas, en virtud de la Conmemoración internacional de la actividad física acorde con el Plan de Desarrollo y trabajando mancomunadamente con la Secretaría de Salud y Secretaria de Recreación y Deportes; como Secretaría de Movilidad nos unimos a esta jornada dando cumplimiento a los programas «por una movilidad más segura, más regulada y más sostenible para el Departamento.
Cierre Vial: Calle 4 (Avenida las Américas) en sus intersecciones entre la carrera 2 (Avenida Providencia) y la calle 1 C
PARAGRAFO: El cierre vial a implementar no generara corte total del flujo vehicular de la Calle 4 (Avenida las Américas), sino que se
canalizara por la carrera 2 (Avenida Providencia) hacia el sector de Hell Gate y el cierre vial de la calle 1 C no interrumpirá su flujo vehicular habitual.
ARTICULO SEGUNDO: Corresponderá a la Secretaria de Movilidad a través de sus Guardas de Transito velar por el cumplimiento del presente acto administrativo.















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