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Cinco años y medio de prisión a condenados por Estupefacientes’

The Archipielago Press by The Archipielago Press
15/10/2015
in Actualidad
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EL Juzgado Segundo Penal del Circuito resolvió aprobar el preacuerdo realizado entre la Fiscalía Seccional número 50 y los procesados Kelly Rojas, y John Grueso, anunciando que el sentido del fallo es de carácter condenatorio por la comisión del delito de ‘Tráfico, Fabricación o Porte de estupefacientes’. El Juez de la causa le solicitó a la Fiscalía y a la defensa, que se pronunciaran sobre los aspectos personales, familiares, y sociales de los imputados y  manifestaran si los mismos tenían derecho a algún subrogado. La fiscalía manifestó que los encartados tenían a su favor el no poseer antecedentes penales, por lo que el Juez de la causa decretó la pena principal de Cinco (5) años Cinco (5) meses de prisión y a la multa de 3 millones 234 mil pesos, como autores responsables del delito de Tráfico, Fabricación o Porte de estupefacientes, y la interdicción de derechos y funciones públicas por el mismo tiempo de la pena principal. Como tercero negó a los sentenciados el beneficio  de la suspensión condicional de la ejecución de la pena, mientras que a Javier Andrés Ocampo Constain, se le concedió el respectivo permiso de trabajo al sentenciado y realizar los respectivos oficios al Inpec. Contra la presente decisión procede el recurso de apelación ante el Tribunal Superior de San Andrés.

Cinco años de prisión por hurto calificado y agravado

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En la ‘Lectura de Sentencia’, Endry Villar, fue identificado con la cédula de ciudadanía número 1.123.624.071 de San Andrés, quien se encuentra libre y es buscado por las autoridades mediante orden de captura vigente, según lo expresó el Juez Segundo Promiscuo Municipal del Circuito con funciones de conocimiento.

Villar, nacido en San Andrés el 25 de noviembre de 1988, de 26 años de edad, residente en el sector del ‘Cove’ kilómetro 14, con noveno grado de bachillerato, y buzo independiente. De otra parte la Fiscalía manifestó que el Juzgado de Ejecución de Penas y Medidas de Aseguramiento certificó que Endry Villar, otrora fue condenado a setenta y ocho (78) meses de prisión por el delito de ‘Hurto Calificado Agravado’ por el Juzgado Segundo Promiscuo Municipal y no se le otorgaron subrogados penales. Tal decisión fue apelada ante el Tribunal Superior de esta isla que la rebajó a cincuenta y cuatro (54) meses de prisión, y posteriormente se le concedió el beneficio de ‘Libertad Condicional’ por un periodo de prueba de diecisiete  (17) meses, luego le fue extinguida esa primera condena. Así mismo presenta varias anotaciones por la comisión del mismo delito de ‘Hurto Calificado y Agravado’. Hoy deberá responder por una nueva condena de cinco (5) años y tres (3) meses de prisión, y por causa diferente, luego de haber sido sentenciado por el delito de ‘Hurto Calificado y Agravado’ cargo al que se allanó a través de su abogado defensor, por lo que se hizo acreedor a una rebaja del cuarto de 12.5 que le otorgó la justicia premial, debiendo purgar una pena de cinco (5) años y tres (3) meses de prisión e inhabilitación de derechos y funciones públicas por el mismo periodo de la pena principal.

‘Confirmada Medida de Aseguramiento’

El Juzgado Segundo Penal del Circuito decidió confirmar en todas sus partes, lo decidido por el Juzgado Primero Promiscuo Municipal, que en audiencias preliminares dictó ‘Medida de Aseguramiento’ en contra de Jaison Rubides, quien se encuentra privado de la ‘Libertad’ en el reclusorio local ‘Nueva Esperanza’. Entre tanto que la defensa del encartado, apeló la decisión inicial que fuera proferida el pasado 10 de junio de 2015, por cuanto consideró conveniente solicitar el cambio de la ‘Medida Intramural en Centro de Reclusión’ por el de beneficio de la ‘Medida Cautelar’ de la ‘Prisión Domiciliaria’ sin que hubiese podido lograr su propósito, luego de la confirmación de dicha decisión. Así las cosas, Rubides  Martinez, imputado por el delito de ‘Hurto Calificado Agravado’ cargo que le fue formulado por la Fiscalía, deberá continuar su reclusión en la ‘Cárcel Nueva Esperanza’ de ésta ínsula, luego que la Juez Segunda Penal confirmó la primera decisión de la Juez Primero Promiscuo Municipal que le otorgó ‘Medida de Aseguramiento’ a Jaison Rubides. La presente providencia quedó notificada en estrados, y contra ella no procede recurso alguno, y la misma fue remitida al Juzgado Primero Promiscuo Municipal donde se originó el presente caso.

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