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Contraloría General de la República concluyó auditoria especial a la reconstrucción y reactivación económica de Providencia

The Archipielago Press by The Archipielago Press
23/08/2022
in Providencia
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El ente halló irregularidades en obras del puente de Los Enamorados y en falta de planificación en construcción de viviendas. Hallazgo Fiscal es de 2.170 millones de pesos atribuible a Findeter e Invías. 

Dos hallazgos fiscales por $2.170 Millones y 13 disciplinarios.

• Los hallazgos con presunta incidencia fiscal, uno por $1.549 millones y otro por $ 620 millones, tienen que ver con mayores valores pagados en un contrato de obra suscrito por el Invías.

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• En lo relacionado con vivienda a cargo de Findeter, se encontraron deficiencias como falta de una adecuada planeación en contratos para ejecución de obras de reparación, rehabilitación y construcción.

• Seis (6) hallazgos disciplinarios obtenidos en esta Actuación Especial de Fiscalización se dieron al evaluar la gestión de Findeter sobre vivienda.

• Tienen que ver con planeación de contratos, calidad de los trabajos y especificaciones técnicas de las viviendas nuevas y zonas seguras de las viviendas intervenidas en la reconstrucción de Providencia, entre otras situaciones.

• Se evidenciaron falencias en la calidad del material de las ventanas de las viviendas T2 y T4 y en los pisos y muros; e irregularidades relacionadas con el sistema hidrosanitario en las viviendas de reparación integral.

• La Contraloría identificó viviendas que no están conectadas a ningún sistema de tratamiento o fueron conectadas a pozos no funcionales, lo mismo que viviendas conectadas a pozos sépticos existentes construidos artesanalmente que presuntamente no cumplen con los criterios mínimos de diseño.

Bogotá, 23 de agosto de 2022. Con 23 hallazgos administrativos, de los cuales 2 tienen presentan presunta connotación fiscal por valor total de 2.170 millones de pesos, concluyó una Actuación Especial de Fiscalización Intersectorial que realizó la Contraloría General de la República a los proyectos para la reconstrucción y reactivación económica de la isla de Providencia por el impacto del Huracán Iota.

Se establecieron igualmente 13 hallazgos con presunta incidencia disciplinaria y 2 que dieron lugar a la apertura de. indagación preliminar.

Adicionalmente, se tuvieron 4 beneficios de auditoría por más de 48 millones de pesos.

Esta actuación, adelantada por las Contralorías Delegadas para el Sector Vivienda y Saneamiento Básico, Infraestructura y Comercio y Desarrollo Regional, evaluó la gestión adelantada por parte del Invías, Findeter, los Patrimonios Autónomos Fontur e iNNpulsa Colombia y el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio.

Aunque en general se concluyó que la gestión de tales entidades es conforme con los criterios evaluados, se cuestionan mayores valores pagados por el Invias en el Contrato de Obra 1621 de 2020 (uno por $1.549 millones y otro por $620 millones) y se señalan varias deficiencias en la gestión de Findeter en el tema de vivienda.

Gestión en vivienda de Findeter

En lo relacionado con el Sector Vivienda, dentro de las deficiencias encontradas, se identificó que contratos derivados suscritos en el 2021, para la ejecución de obras de reparación, rehabilitación y construcción de viviendas, no tuvieron una adecuada planeación frente a la cantidad de unidades. habitacionales y los costos de los mismos, lo que generó adiciones en valor y tiempos contractuales, sin que se evidenciara justificación suficiente en los otrosíes celebrados y sus anexos.

La observación señala concretamente fallas en el deber de planeación al identificarse contratos con adiciones en valor superiores al 50%.

Para la Contraloría, “no tener claridad en el número de las construcciones a intervenir en el Plan de Reconstrucción de Providencia en lo que refiere a vivienda, genera el riesgo de falta de consecución de los fines de la contratación de las obras de intervención”, para el caso de los contratos Nos 003, 006, 007, 010, 012, 018, 021, 022 de 2021, en relación a los tiempos requeridos y de conformidad con los recursos previamente determinados.

En cuanto al componente social, se pudo evidenciar que Findeter no ha desarrollado las actividades del mismo con miras a lograr eficacia en el fortalecimiento del tejido social, así como tampoco se evidenció que las acciones ejecutadas propiciaran un diálogo continuo que articulara los actores involucrados en el plan de reconstrucción de Isla de Providencia, a fin de cumplir los fines trazados con la intervención social del Estado en este ente territorial en la declaratoria de desastre.

Findeter no entregó a la CGR las evidencias suficientes que dieran cuenta del análisis del número de actividades efectuadas, en el marco del plan orientador del objetivo de intervención en el componente social, en aras de impulsar la reconstrucción del tejido social y la adaptación de las comunidades al territorio y a sus nuevas condiciones de vida.

Deficiencias de algunos materiales utilizados

La Contraloría evidenció que existen falencias en la calidad del material de las ventanas de las viviendas T2 y T4 y en los pisos y muros.

Las viviendas referidas, corresponden a inmuebles nuevos construidos con estructura metálica que han sido ejecutadas en el marco del Contrato de Obra No. 001 de 2021, suscrito entre Findeter y el Consorcio Providencia, mediante la modalidad de administración delegada.

Se señalan deficiencias en ventanearía de madera, fisuras en pisos cerámicos, morteros de fachada y barandas, generadas por: instalación inadecuada de los elementos, condiciones inadecuadas de almacenamiento de los materiales, deficiencias en sus diseños y/o usos no adecuados para las condiciones climáticas de la isla de Providencia.

Y en las viviendas de reparación integral, la CGR identificó fallas en los diagnósticos, lo cual se reflejó en irregularidades relacionadas con el sistema hidrosanitario y la no construcción de zonas seguras, consignadas como compromiso en las actas de concertación que hacen parte integral del contrato suscrito por el Fondo Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (FNRGD) con Findeter.

La Contraloría identificó viviendas que no están conectadas a ningún sistema de tratamiento o fueron conectadas a pozos no funcionales, lo mismo que viviendas conectadas a pozos sépticos existentes construidos artesanalmente que presuntamente no cumplen con los criterios mínimos de diseño.

Se evidencian falta de planeación e implementación del esquema de manejo de las aguas residuales de las viviendas intervenidas, toda vez que se encuentran viviendas sin el manejo adecuado correspondiente.

Y se observa que no se realizaron las inspecciones a los pozos sépticos para comprobar su funcionalidad y que estos prestaran un adecuado servicio.

Adicionalmente, se pudo evidenciar el no cumplimiento estricto de la normatividad que regula la aplicación del principio de accesibilidad en la construcción de elementos adecuados para personas con movilidad reducida.

Otros proyectos de Findeter evaluados

De 17 contratos interadministrativos de obra e interventoría, para la

reconstrucción de obras en dragado de embalses, escenarios deportivos y la Planta de Tratamiento de Agua Potable (PTAP), se evidenció que en 12 de ellos (el 71%) se suscribieron modificaciones y otrosíes, que implican prórrogas en tiempo y adiciones de recursos.

Y de 9 escenarios deportivos, uno (la cancha multifuncional San Felipe) presenta empozamiento de agua, por mal manejo de pendientes y no permite la evacuación total de las aguas.

En cuanto al contrato 3-97094-03, se tiene que es un proyecto que desde sus inicios ha tenido una serie de eventos que no han permitido la ejecución y desarrollo idóneo de sus actividades, presentándose insuficiencias técnicas desde los estudios previos que realizó Findeter, con una planeación básica que repercutió en el incumplimiento del plazo contractual inicialmente contemplado.

Mayores valores pagados

Como resultado de la auditoría realizada, la CGR con base en el análisis efectuado, considera que el cumplimiento de la normatividad relacionada con los criterios aplicables a los contratos evaluados, referentes a los proyectos a cargo del Invías para la reconstrucción y reactivación económica de la Isla Providencia, no resulta conforme en los aspectos significativos.

El anterior concepto se fundamenta en los resultados obtenidos respecto al cumplimiento de los aspectos legales, técnicos y financieros.

En el Contrato de obra 1621 de 2020, se identificaron situaciones relacionadas con el pago de mayores valores al contratista por la ejecución de las obras.

En particular, por el reconocimiento como ítem no previsto de costos por $1.549 millones, correspondientes a pagos por logística y transporte de equipos y maquinaria, los cuales ya estaban incluidos dentro de los precios unitarios ofertados por el contratista en su propuesta económica para la ejecución de los ítems de obra, conforme a los estipulado en el pliego de condiciones.

También se aprobó un precio unitario para el ítem no previsto No. 54, mediante el cual se le reconoce un mayor valor al contratista por $620 millones, que corresponde al valor pagado por el transporte del material requerido para ejecutar la actividad correspondiente a la instalación de elementos de madera plástica para el tablero de una pasarela.

Estas dos situaciones generaron 2 hallazgos con presunta incidencia fiscal, por los valores correspondientes al mayor valor pagado en cada caso ($1.549.600.00 y $620.300.00).

En relación con el Convenio Interadministrativo 2066 de 2021, mediante el cual el Invías destinó recursos para la terminación del puente Los Enamorados, parte de los cuales se ejecutan a través del Contrato de obra 1455 de 2019 suscrito previamente por el municipio de Providencia y Santa Catalina, se estableció que dicho contrato ha presentado continuos atrasos en la ejecución de las obras programadas correspondientes a la adición y prórroga realizadas mediante el Otrosí No. 002, en virtud de los recursos destinados a través del convenio suscrito entre el Invías y el municipio.

La situación referida se da por causas atribuibles al contratista, sin que se hayan adelantado por parte del municipio las respectivas acciones conminatorias que han sido solicitadas por la interventoría ante los presuntos incumplimientos presentados.

Lo anterior, ha generado mayores costos para la ejecución del proyecto por concepto de los recursos adicionados para la ejecución del contrato de interventoría, ante la prórroga realizada al contrato de obra.

Por otra parte, ante las solicitudes de otras entidades que adelantan trabajos de reconstrucción en la Isla Providencia, no se ha iniciado la intervención prevista por parte del Invías en el pavimento de la ruta circunvalar, ruta crítica para lograr culminar las obras dentro del plazo de ejecución contractual previsto.

Esta actividad, consistente en la rehabilitación del pavimento rígido en diferentes sectores de la circunvalar, no se evidencia en el cronograma de obra actualizado vigente suministrado por la entidad y, por tanto, no se establece fecha de inicio de ejecución ni tiempo previsto de duración, lo cual genera limitaciones para realizar un efectivo seguimiento al desarrollo del contrato de obra (1621 de 2020).

Fontur

La mayoría de los establecimientos de hospedaje intervenidos por Fontur fueron entregados para cumplir con su funcionalidad, con excepción de la Posada del Mar. En este caso, a raíz de la visita de la CGR, la entidad y el contratista se comprometieron a adicionar recursos para asegurar su entrada en funcionamiento.

Así mismo, en el estudio del contrato FNTC 0005-2021, suscrito entre Fontur y Perazza S.A.S., se evidenciaron falencias en el principio de planeación, ya que se realizaron varias modificaciones y suspensiones.

Y se señalaron fallas en el proceso constructivo en la intervención del establecimiento Refugio de la Luna.

iNNpulsa Colombia (agencia de emprendimiento e innovación)

Se encontró que iNNpulsa Colombia suscribió el Convenio 090 de 2020 sin contar con un censo completo de los damnificados.

La entidad suscribió otrosíes para atender otros beneficiarios que no habían sido incluidos en el Convenio inicial, lo que le ocasionó la necesidad de suscribir otrosíes con prórrogas y adiciones de recursos superiores a lo establecido originalmente.

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