
Contrariando su propia directriz que recientemente emitió la fiscal general Luz Adriana Camargo de que todo fiscal debía llevar su proceso hasta el juicio final, la Fiscalia General de la Nación complació al hijo del presidente Nicolás Petro Burgos y lo recusó apartándolo del proceso para que no sea éste quien lleve adelante el juicio al hijo mayor de Gustavo Petro.
La decisión es de alto impacto para el proceso que ameritó la emisión de un boletín de la Fiscalía General de la Nación en los siguientes términos:
Bogotá D.C., 10 de julio de 2024. Como consecuencia de la decisión adoptada por la Comisión Nacional de Disciplina Judicial de formular pliego de cargos al fiscal Mario Andrés Burgos Patiño, la Delegada para la Seguridad Territorial de la Fiscalía General de la Nación declaró fundada la recusación presentada por el procesado Nicolás Petro contra el mencionado funcionario.
La Delegada para la Seguridad Territorial determinó que la decisión disciplinaria del pasado 7 de junio constituye, por sí sola y de manera objetiva, causal de impedimento para el doctor Burgos Patiño. Por ello, este fiscal ante Tribunal Superior de Distrito no podrá continuar como delegado para adelantar la investigación contra el ciudadano Nicolás Petro.
De acuerdo con la resolución 372 del 9 de julio de 2024 de la delegada, del pliego disciplinario de cargos surge la causal objetiva 11 del artículo 56 de la Ley 906 de 2004, según la cual “(…) si la denuncia o la queja fuere presentada con posterioridad a la formulación de la imputación, procederá el
impedimento cuando se vincule jurídicamente al funcionario judicial”.
















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