Con ponencia del magistrado Carlos Roberto Solorzano Garavito, dentro del expediente CP313-2024, con Radicación N°. 66857 y Acta No. 265, el pasado primero (1º) de noviembre de dos mil veinticuatro (2024), la Corte Suprema de Justicia conceptuó favorablemente a la extradición del narco hondureño Rosbin Leonardo Duarte Elvir, capturado en 2024 por traficar narcoticos a través de la isla de San Andrés, con destino a Estados Unidos.
Mediante Nota Verbal No. 0800 del 21 de mayo de 2024, el Gobierno de los Estados Unidos de América por conducto de su Embajada en Colombia, solicitó al Ministerio de Relaciones Exteriores la detención preventiva con fines de extradición del ciudadano hondureño, requerido para comparecer a juicio por delitos relacionados con «concierto para delinquir y tráfico de drogas ilícitas», de conformidad con la Acusación N° 8:24cr220 WFJ-AEP (también referido como Caso No. 8:24cr220 WFJ-AEP), dictada el 15 de mayo de 2024, por la Corte Distrital de los Estados Unidos para el Distrito Medio de Florida, División Tampa.
En atención a dicho requerimiento, la Fiscalía General de la Nación, el 21 de mayo de 2024, decretó la captura de Rosbin Leonardo Duarte Elvir, la cual se hizo efectiva el 24 del mismo mes y año en el municipio de Guacarí – Valle del Cauca.
A través de la Nota Verbal No. 1191 del 22 de mayo de 2024, la representación diplomática formalizó el requerimiento de extradición de Duarte Elvir. El Ministerio de Relaciones Exteriores mediante oficio DIAJI N° 2526 del 22 de julio de 2024, conceptuó que en el caso: conforme a lo establecido en nuestra legislación procesal penal interna, se informa que es del caso proceder con sujeción a las convenciones de las cuales son parte la República de Colombia y los Estados Unidos de América. Una vez revisado el archivo de tratados de este Ministerio, es del caso destacar que se encuentran vigentes para las Partes, las convenciones multilaterales en materia de cooperación judicial mutua.
Esa cartera remitió el expediente al Ministerio de Justicia y del Derecho que, tras constatar la debida formalización de la solicitud, lo envió a la Corte Suprema de Justicia para que adelantara el trámite a su cargo, por lo que, en auto del 26 de julio de 2024, esta Corporación requirió a Rosbin Leonardo Duarte Elvir para que designara defensor, lo que en efecto ocurrió. Además, en dicho proveído se ordenó correr el traslado contemplado en el artículo 500 de la Ley 906 de 2004 para solicitar pruebas.
El 2 de agosto de 2024, el procesado manifestó su intención, coadyuvada por su apoderado, de acogerse al trámite de extradición simplificada previsto en el parágrafo 1º del artículo 500 de la Ley 906 de 2004, adicionado por el artículo 70 de la Ley 1453 de 2011, por lo que, en auto del 12 de agosto del 2024, se corrió traslado del citado escrito al representante del Ministerio Público, para lo pertinente.
Además, se dispuso requerir a la Fiscalía General de la Nación y a la Dirección de Investigación Criminal e Interpol de la Policía Nacional para que consultaran en sus bases de datos si obraba alguna investigación en contra del reclamado y, en caso afirmativo, informaran el número de radicación, los hechos objeto de investigación y el estado actual del trámite. En respuesta a los requerimientos, la Dirección de Investigación Criminal e Interpol de la Policía Nacional, informó que a nombre deDuarte Elvir aparece vigente la orden de captura emitida en virtud del trámite de extradición.
San Andrés, el puente para sacar drogas a Estados Unidos
Una investigación de las autoridades del orden público identificó que, desde el 2016 era responsable de transportar cantidades del orden de múltiples toneladas de cocaína desde Cali, Colombia, a la isla de San Andrés, Colombia, usando aviones comerciales. Luego, una gran parte de la cocaína se trasladaba a Centroamérica usando lanchas rápidas. Después, parte de la cocaína se trasladaba hacia el norte a través de Centroamérica y México para su importación final a los Estados Unidos. La investigación de las autoridades del orden público identificó a Duarte Elvir como una de las fuentes principales de aprovisionamiento de cocaína de la ODT.
PRUEBAS
Un testigo cooperador (TC1) se identificó como coordinador de logística que, desde el año 2016, había sido responsable de manejar el transporte con éxito de aproximadamente 43 toneladas de cocaína de Cali, Colombia, a la isla de San Andrés, Colombia, usando aviones comerciales. El TC1 identificó a Duarte Elvir como una de sus principales fuentes de aprovisionamiento de cocaína. El TC1 manifestó que, antes de un envío de drogas, normalmente se reunía en persona con Duarte Elvir para hablar sobre las cantidades y el marco temporal de cuando se transportaría la cocaína a la isla de San Andrés en Colombia. Según el TC1, Duarte Elvir entonces hacía que un asociado suyo se reuniera y planificara con otro testigo cooperador (TC2), para coordinar la transferencia física en Colombia del envío de cocaína que se había recibido de la organización del hondureño.
El TC2 indicó que trabajaba directamente para el TC1. El TC2 dijo que era responsable de coordinar la recepción física de los cargamentos de cocaína a granel en nombre del TC1. Luego, el TC2 era responsable de almacenar los cargamentos de cocaína a granel y posteriormente transportarlos al Aeropuerto Internacional Alfonso Bonilla Aragón en Cali, Colombia, para embarcarlos en un vuelo comercial a la isla de San Andrés, Colombia.
Incautación de aproximadamente 540 kilos de cocaína del 7 de mayo de 2024
El 29 de abril de 2024, el TC1 se reunió con Duarte Elvir en Buga, Colombia para hablar sobre el transporte de aproximadamente 550 a 600 kilos de cocaína de Cali, Colombia, a la isla de San Andrés, Colombia, en un vuelo comercial de Latam o Avianca. Duarte Elvir acordó entregarle el cargamento de cocaína al TC1 alrededor del 7 de mayo de 2024. El TC1 y Duarte Elvir también acordaron hacer que sus asociados se comunicaran a fin de planificar la entrega física de la cocaína. El personal de la Policía Nacional Colombiana (PNC) vigilaron esta reunión y también se grabó legalmente esta reunión. El equipo de vigilancia tomó fotografías del hondureño llegando a la reunión en un Toyota Hilux blanco que llevaba placas colombianas número NMN447. Con base en una indagación legal a la municipalidad de Cali, Colombia, las autoridades del orden público también determinaron que el número de placas colombianas NMN447 del Toyota Hilux blanco estaba registrado a nombre de Duarte Elvir.
El 4 de mayo de 2024, el TC2 se reunió con el asociado de Duarte Elvir, un hombre no identificado, en Rozo, Colombia. La finalidad de la reunión fue hablar sobre cómo se le entregaría al TC2 el cargamento de cocaína. Ambas partes confirmaron que la transacción ocurriría el 7 de mayo de 2024. Esta reunión fue grabada legalmente con dispositivos de audio y vídeo.
El 7 de mayo de 2024, las autoridades del orden público siguieron este cargamento de cocaína e incautaron aproximadamente 540 kilos de cocaína de dos vehículos en los alrededores de Rozo, Colombia, antes de que la cocaína le fuese transferida al TC2 y luego al aeropuerto en Cali, Colombia, donde Duarte Elvir y sus coconspiradores habían planificado llevar la cocaína por avión comercial a la isla de San Andrés, Colombia.
El 9 de mayo de 2024, el TC1 se reunió con Duarte Elvir en Buga, Colombia. La finalidad de esta reunión fue hablar sobre la incautación que tuvo lugar el 7 de mayo de 2024. Esta reunión fue grabada usando dispositivos de audio y vídeo. En el curso de la reunión, Duarte Elvir le dijo al TC1 que él había acordado pagar 4,500,000 pesos colombianos (alrededor de USD $1,150.00) por kilo de cocaína cuando la cocaína le fuera entregada a salvo al TC1. Duarte Elvir también dijo que él y el TC1 habían trabajado juntos por años y que habían llevado a cabo varias transacciones en el pasado; por lo tanto, Duarte Elvir no creía que el TC1 le había tendido una trampa. Además, manifestó que, si el TC1 le hubiera tendido una trampa, el TC1 hubiera permitido que el cargamento de cocaína llegara al aeropuerto de San Andrés o permitido que la cocaína fuera transportada a Honduras. El personal de la PNC también llevó a cabo vigilancia durante esta reunión y tomó fotografías de Duarte Elvir y su vehículo, que es el mismo vehículo (un Toyota Hilux blanco con placas colombianas número NMN447) queusó para dirigirse a la reunión descrita anteriormente el 29 de abril de 2024.
Las autoridades del orden público creen que Duarte Elvir sabía que la cocaína que conspiró para distribuir sería importada ilícitamente a los Estados Unidos con base en las declaraciones de varios testigos cooperadores, la clientela conocida de la OTC, los patrones del tráfico y los métodos y rutas de contrabandeo de cocaína, así como las incautaciones de cocaína ocurridas en el curso de la investigación.


















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