Teniendo en cuenta la suspensión temporal de las medidas para la recuperación económica del municipio, sin descuidar las medidas de protección de la salud, y con el fin de incorporarse a la nueva normalidad por cuenta del Coronavirus, el Alcalde Municipal se vio obligado a expedir el Decreto 100 de 2020 para dar cumplimiento a la decisión judicial que tras ser admitida una tutela impuso medidas cautelares que ordenaba suspender la apertura de las islas de Providencia y Santa Catalina a la llegada de viajeros.
En vista de ello se dio cumplimiento a la decisión judicial respecto al transporte de pasajeros en la fase de aislamiento selectivo con distanciamiento individual responsable en el municipio de Santa Catalina y Providencia
Debido a que
Que la ciudadana Josefina Huffington Archbold al interponer la acción de tutela con
radicado 88-001-4003-003-2020-00158-00 ante el Juzgado Tercero Civil Municipal de Providencia y Santa Catalina, en contra de la Alcaldía Municipal de Providencia y
Santa Catalina solicitó la protección a los derechos fundamentales a la vida, salud y dignidad humana, los cuales se consideraron vulnerados por las disposiciones contenidas en el Decreto 100 de 2020 y pidió la medida provisional de suspensión del Decreto de reapertura, la cual el principio le fue concedida mediante auto de fecha 16 de octubre de 2020 expidiendo el
Decreto 104 de 2020 para dar cumplimiento a tales medidas cautelares que ahora se levantan debido a que la autoridad judicial en fallo de 28 de octubre de 2020 declaró la improcedencia de la
presente acción de tutela y levantó la medida provisional ordenada mediante auto No. 0396 del }16 de octubre de 2020 en relación con la suspensión del Decreto 100 de 2020.
El Alcalde Municipal de Providencia y Santa Catalina Islas (e), decretó mantener los efectos del Decreto 100 de 2020, por tanto, levanta la restricción en el ingreso y salida de personas vía aérea y marítima en el Municipio de
Providencia y Santa Catalina Islas, por tanto, se reanudan actividades de transporte de pasajeros en el aeropuerto El Embrujo y en el Muelle Municipal a partir de 30 de octubre, conforme a la cesación de la suspensión del Decreto 100 de 2020.
Para el ingreso aéreo y marítimo los pasajeros raizales, residentes,
turistas nacionales o extranjeros deberán presentar prueba negativa PCR tomada con noventa y seis (96) horas de antelación al ingreso a las islas o de Antígeno Hisopado
cuarenta y ocho (48) horas antes.
Para el desarrollo de las
actividades de transporte aéreo y marítimo de personas se deberá dar estricto cumplimiento por parte de los transportadores, de los pasajeros y del personal del aeropuerto y del muelle, de los protocolos de bioseguridad establecidos por el Ministerio de Salud y Protección Social para el control de la pandemia del Coronavirus COVID-19.
Para el desarrollo de las actividades permitidas se deberá dar estricto cumplimiento de los protocolos de bioseguridad establecidos por el Ministerio de Salud y Protección Social para el control de la pandemia del Coronavirus COVID-19. Así mismo, deberán atenderse las instrucciones que para evitar la propagación del Coronavirus COVID-19
adopten o expidan las diferentes entidades del orden nacional y territorial.
La no implementación de los protocolos de bioseguridad dará lugar a las sanciones penales y administrativas establecidas en el Código Penal y en el Decreto
780 de 2016.
Se mantiene la imposición a la totalidad de la población del municipio de Providencia y Santa Catalina, del uso de tapabocas, cada vez que salgan de sus hogares, esto con el fin de incrementar las medidas de contención, adicionales al lavado de manos constante.
En atención al deber de uso de tapabocas fuera de los hogares, deberán usar tapabocas para poder ingresar a todo tipo de establecimientos.
Se solicita a la comunidad en general, que en desarrollo del
principio de solidaridad haga los llamados de atención a quienes se encuentren fuera de sus hogares sin el uso de tapabocas.
Impóngase a todos los habitantes del municipio de Providencia y Santa Catalina hacer efectivo el distanciamiento social entre personas, en todos los espacios de interacción social, mientras subsista el riesgo de contagio de Covid-19 en las islas.
Se ordena Comunícar por conducto de la Secretaría de Gobierno Municipal el presente administrativo a las autoridades locales y nacionales relacionadas con la materia de este Decreto que rige a partir de la fecha de su publicación el 29 de
octubre del 2020, según dispuso la alcaldesa encargada Julissa Archbol Borden.
















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