A la sentencia expedida hace unas semanas por un juzgado de Valledupar, se suma otra en las últimas horas de uno de Palmira en el Valle del Cauca. Se trata del Juzgado Tercero Penal del Circuito con funciones de conocimiento, que mediante el auto de sustanciación 206 tiene como objeto disponer la apertura y la práctica de pruebas del incidente para sanción por desacato a una orden judicial por parte del Ministerio del Trabajo.
La decisión se toma por el presunto incumplimiento del Fallo de Tutela 070 del 19 de julio de 2024, en el que aduce la entidad accionada ha incurrido en desacato al no cumplir con sus obligaciones en el pago de salarios a lo trabajadores.
En este orden de ideas, «el juzgado ordena al Ministerio del Trabajo, en cabeza de la señora ministra, la Doctora Gloria Inés Ramírez; que en el término de cuarenta y ocho (48) horas de la notificación del presente fallo de tutela, ordene a quien corresponda la cancelación de los salarios, primas, prestaciones, que a la fecha se le adeudan al agenciado y los demás emolumentos hasta la fecha del levantamiento del cese de actividades, a que tenga lugar el conflicto laboral».

















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