Barranquilla, 14 de abril de 2026 – El abogado Felipe Andrés Heras Montes presentó formalmente ante la Presidencia de la República una renuencia de cumplimiento (requerimiento previo a la Acción de Cumplimiento) exigiendo que el presidente Gustavo Petro nombre de inmediato un gobernador encargado para el departamento de San Andrés, Providencia y Santa Catalina.

La solicitud se basa en el artículo 124 de la Ley 2200 de 2022, que obliga al jefe de Estado a “disponer inmediatamente las medidas necesarias para hacer efectiva” la nulidad de una elección de gobernador y proceder a su reemplazo provisional una vez quede en firme la sentencia del Consejo de Estado.
Según el documento radicado el 13 de abril de 2026, la sentencia que declaró nula la elección de Nicolás Iván Gallardo Vásquez como gobernador (periodo 2024-2027) quedó ejecutoriada el 7 de abril de 2026 a las 5:00 p.m., tras resolverse negativamente la solicitud de aclaración y adición el 25 de marzo de 2026. Han transcurrido ya cuatro días hábiles sin que el Gobierno Nacional haya expedido el acto administrativo de nombramiento del mandatario encargado.
Heras Montes, en ejercicio del artículo 87 de la Constitución Política y la Ley 393 de 1997, advierte que se configura una omisión antijurídica que vulnera los principios de eficacia, celeridad y moralidad administrativa. “El contenido del artículo 124 de la Ley 2200 de 2022 no reviste naturaleza facultativa ni discrecional, sino que genera una obligación clara, expresa, concreta y exigible de hacer”, señala el escrito.
El abogado otorga al Presidente un “término legal y razonable” para cumplir y advierte que, de persistir la inactividad, interpondrá de inmediato la Acción de Cumplimiento ante la jurisdicción competente, sin perjuicio de las responsabilidades disciplinarias y penales que pudieran derivarse.
Contexto: más de dos meses y medio sin autoridad electa
Esta presión judicial se produce mientras el archipiélago sigue sin gobernador titular. Las elecciones atípicas para elegir al nuevo mandatario ya fueron programadas para el domingo 5 de julio de 2026, fecha que quedó definida por acuerdo entre la Registraduría Nacional y el Ministerio del Interior. El decreto que la oficializará se expedirá entre el 6 y el 11 de mayo.
Dado que las elecciones presidenciales se realizarán primero (primera vuelta el 31 de mayo), el departamento enfrentará un periodo de interinidad superior a dos meses y medio, desde la ejecutoria de la sentencia (7 de abril) hasta la posesión del nuevo gobernador (previsiblemente en agosto).
El fallo del Consejo de Estado (Sección Quinta, magistrado ponente Omar Joaquín Barreto Suárez) anuló la elección de Gallardo por doble militancia y ordenó cancelar su credencial. El alto tribunal también negó un recurso que pedía traducir la sentencia al creole para la comunidad raizal.
Con esta acción, Felipe Heras busca garantizar la gobernabilidad inmediata del territorio insular, donde la ausencia de autoridad departamental afecta la ejecución de proyectos clave en turismo, medio ambiente y servicios básicos para la población raizal y continental.
El documento fue dirigido directamente al presidente Petro con copia a contacto@presidencia.gov.co y se adjuntaron como pruebas el auto del 25 de marzo de 2026 y la constancia de ejecutoria del 8 de abril.
Hasta el momento, la Casa de Nariño no ha emitido respuesta oficial al requerimiento.

















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