(FOTO DE MARÍA VILLARREAL)
Como parte del proceso de certificación médica aeronáutica, se deben tener en
cuenta las siguientes medidas de mitigación asociadas a la pandemia de SARS-
CoV2 (COVID-19):
Aspectos previos a los procesos de certificación médica aeronáutica. Es de carácter obligatorio que todo solicitante agende cita previamente con el médico examinador, para lo cual deberá ponerse en contacto vía telefónica u otro medio virtual. Se debe indagar al solicitante lo pertinente para establecer si es un contacto estrecho, caso probable o caso confirmado de infección por SARS-CoV2 (COVID-19).
Una vez descartado lo anterior, se le asignará(n) fecha(s) y hora(s) de atención. Se
le deben explicar al paciente las medidas y protocolos de bioseguridad a los que debe dar cumplimiento durante la atención, según las directrices y la normatividad vigente de las autoridades sanitarias y del gobierno nacional.
La atención médica, en lo que corresponde a la anamnesis, podrá iniciarse en la modalidad de telemedicina con el fin de limitar el tiempo de consulta presencial en el consultorio únicamente al examen físico.
Diligenciamiento ficha médica aeronáutica
Al momento de diligenciar la ficha de certificado médico, se deben indagar y registrar los antecedentes de SARS-CoV2 (COVID-19) y tratamientos requeridos.
Si registra dicho antecedente como positivo, solamente se podrá expedir certificado médico si cumple con todo lo siguiente:aportar copia de resumen de la historia clínica; haber sido dados de alta por el servicio médico tratante posterior a 28 días de inicio de síntomas o del diagnóstico (para casos asintomáticos); yno haber requerido hospitalización.
Nota: Los demás pacientes con este antecedente deberán quedar aplazados para
evaluación por el área de Medicina Aeronáutica de la UAEAC. Así mismo, mientras se mantenga la emergencia sanitaria por COVID-19, las empresas aéreas y los médicos examinadores deben cumplir con las directrices emanadas por la Autoridad Aeronáutica en lo relacionado con la prevención al contagio por la pandemia.
Cumplimiento de orientaciones para la certificación médica aeronáutica. Las empresas aeronáuticas y los médicos examinadores deben aplicar las disposiciones relacionadas con salud pública que se han emitido y/o se emitan por la autoridad aeronáutica hasta tanto la Organización Mundial de la Salud anuncie el fin de la emergencia sanitaria asociada al SARS-CoV2 (COVID-19)