Ante la emergencia sanitaria generada por el COVID – 19 y pensando en el bienestar de los afiliados y sus familias, le informa a la comunidad cómo va a operar, según el decreto 488 del 27 de marzo de 2020, el subsidio al desempleo.
¿Qué es el subsidio al desempleo?
Es el nombre con el que se conocen los beneficios del Mecanismo de Protección al Cesante (MPC) y, en el marco de la emergencia económica, social y ecológica que ha generado el COVID 19 y que incluye una transferencia económica por 3 meses para proteger a las personas que se encuentren desempleadas.
¿Quiénes pueden aplicar al subsidio al desempleo a raíz del COVID – 19?
Las personas que se encuentren desempleadas y que la última Caja de Compensación Familiar a la que realizaron aportes haya sido CAJASAI.
Trabajadores dependientes, es decir, que tuvieron vinculación laboral con alguna empresa, y que fueran cotizantes en categoría A (que ganaban hasta 2 SMMLV) o categoría B (que ganaban de 2 a 4 SMMLV) y que hayan realizado aportes a una Caja de Compensación Familiar durante (1) año, continuo o discontinuo, en el transcurso de los últimos 5 años.
Trabajadores independientes que hayan aportado sobre una base de hasta 4 SMMLV a una Caja de Compensación Familiar durante (1) año continuo o discontinuo en el transcurso de los últimos 5 años.
Es decir, el postulante no debe haber recibido subsidio al desempleo por parte de una Caja de Compensación en los últimos 3 años, y no debe estar recibiéndolo actualmente.
¿Cuáles son los beneficios del subsidio al desempleo mientras dure el Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica?
Las personas que se postulen y cumplan los requisitos estipulados por la norma recibirán los siguientes beneficios:
Pago de un subsidio de emergencia por 2 SMMLV distribuidos en (3) tres pagos mensuales, por valor de $585.202 cada uno.
Pago de cuota monetaria por las mismas personas por las cuales estaba recibiendo el beneficio cuando estaba afiliado.
Pago de los aportes al sistema seguridad social (salud y pensión) con una base de cotización de (1) SMMLV.
¿Cuáles son los documentos que se deben adjuntar para postularse al subsidio al desempleo?
Para acceder a los beneficios del subsidio al desempleo, la persona deberá anexar los siguientes documentos:
Formulario de postulación diligenciado (Descargarlo de la página www.cajasai.com).
Copia del documento de identidad (fotocopia o documento escaneado por ambos lados y que sea legible).
Certificación de retiro laboral (se sugiere con valor del salario y fecha de retiro) solicitada en la última empresa que trabajó, para el caso de los trabajadores dependientes; o constancia sobre terminación del contrato o declaración juramentada para el caso de los trabajadores independientes.
Registro de la hoja de vida al 100%. Puede realizarse por medio de la página del Servicio de Empleo.
Adicional, si la persona aplica para el pago de cuota monetaria, deberá adjuntar los siguientes documentos:
Si los beneficiarios son mayores de edad debe adjuntar las copias de las cédulas (si los beneficiarios son los padres, debe anexar copia del registro civil del postulante).
Si los beneficiarios son menores de edad debe adjuntar la copia registro civil más la tarjeta de identidad si el menor tiene más de 7 años.
¿Cuál es el procedimiento para la postulación al subsidio al desempleo?
Antes de postularse, la persona debe validar si cumple con los requisitos anteriormente mencionados.
Procedimiento de postulación:
Ingresar a la página web www.cajasai.com
Clic en el baner informativo de protección al cesante y descargue el Formulario Único de Postulación , imprímalo, diligéncielo físicamente, fírmelo y envíelo escaneado a los correos electrónico pcarrillo@cajasai.com , aportes@cajasai.com , kdoria@cajasai.com o fosfeccajasai@gmail.com con toda la documentación solicitada.
O bien puede diligenciar el formulario en linea y adjuntar los anexos Aqui
WhatsApp 3183061175
ATENCIÓN ÚNICAMENTE POR CANALES TELEFÓNICOS Y VIRTUALES:
Puede comunicarse a los teléfonos 5130808 exts. 803 y 880 y al teléfono celular 3183061175, en el horario de 8: 00 a 11:00 A.M. y de 2:00 a 4:00 P.M.















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