El equipo pedagógico de la Secretaría de Movilidad sigue socializando la ley 2155 de 2021 en los diferentes sectores del Archipiélago, el cual se expide dicha ley de inversión social, por el cual se rige una serie de beneficios para todos los actores viales que han sido sancionados, bajo las normas y el código Nacional de tránsito.
De acuerdo a los (Art. 49) a la ley 769 de 2002, el cual se refiere al código nacional de tránsito, los deudores de multas por infracciones a las normas de tránsito que se hayan hecho exigibles con anterioridad al 30 de junio de 2021, tendrán derecho a la siguiente condición especial de pago:
1. Dentro de los cuatro (4) meses siguientes a la entrada en vigencia de la presente ley pagará el 50% del capital sin interés de mora.
2. Entre los cuatro (4) y los meses siguientes a la entrada en vigencia de la presente ley.
3. Entre los los doce (12) meses siguientes a la entrada en vigencia de la presente ley y se pagará el 80% del capital sin interés de mora.




















Por