The Archipiélago Press conoció que el Juez 54 Penal del Circuito de Bogotá con funciones de control de Garantias, Rodrigo Javier Chaves Castiblanco decidió absolver en primera instancia a los imputados, dentro del Radicado No: 110016103694201300408 N.I.: 200148, proceso que se adelantó contra Arbey Gustin Dorado, Débora Nelson Forbes, Estefany Peñaloza Reyes y Alfredo Olivero Ospino, por el delito de Trata de Personas agravada en concurso heterogéneo con concierto para delinquir, abuso de función pública y abusos de autoridad por acto arbitrario e injusto y otras.infracciones, profiriendo decisión: absolutoria.
En mérito de lo expuesto, el Juzgado Cincuenta y Cuatro Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Bogotá. D.C., administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley,resolvió absolver al señor Arbey Gustin Dorado, del delito de trata de personas agravado en calidad de cómplice y en concurso heterogéneo con abuso de autoridad por acto arbitrario e injusto, a Débora Nelson Forbes, del delito de trata de personas agravado en calidad de cómplice y en concurso heterogéneo con abuso de función pública, absolver a Estefany Peñaloza Reyes del delito de concierto para delinquir en concurso heterogéneo con trata depersonas agravado a Alfredo Olivero Ospino, del delito de concierto para delinquir en concurso heterogéneo con trata de personas agravado.
En firme el fallo, comuníquese a las autoridades referidas en los artículos 166 y 462 del C.P.Contra esta decisión decisión procede el recurso de apelación ante la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá, mismo que deberá ser interpuesto y sustentado oralmente o dentro de los cinco (05) días siguientes por escrito.
Como quiera que los referidos ciudadanos se encuentra en libertad, se dispone que, en firme este proveído, se proceda por parte del Juez Coordinador del Centro de Servicios judiciales a cancelar cualquier tipo de pendiente o medida cautelar real o personal que se hubiera podido sentar por cuenta de esta actuación en contra de Arbey Gustin Dorado, Débora Nelson Forbes, Estefany Peñaloza Reyes y Alfredo Olivero Ospino.
En firme esta determinación a través del Centro de Servicios Judiciales de estos Despachos, ofíciese a las autoridades referidas en los artículos 166 y 462 del C.P.P. y posteriormente remítase la actuación junto con los registros al reparto de los Juzgados de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Bogotá para lo de su cargo y por competencia.
En caso de trata de personas Corte aplicó jurisdicción a prevención en Bogotá
La Corte Suprema de Justicia dio a conocer la sentencia del 18 de febrero por medio de la cual a través de su sala de Casación Penal determinó mantener la competencia del proceso que se sigue por trata de persona contra tres personas de la isla de San Andrés, entre ellas una funcionaria de la Oficina de Control a la Circulación y Residencia, Occre y dos administradores del establecimiento Sexy Bar.
Como se sabe la ponencia estuvo a cargo de la magistrada María Del Rosario González Muñoz, y la misma tuvo la radicación n° 45388, y fue aprobada mediante Acta No. 063, a efectos de definir la Corte la competencia para conocer la actuación penal adelantada contra Alfredo Olivero Ospino, Arbey Agustín Dorado, Estefany (o Estefani) Peñalosa Reyes y Deborah Nelson Forbes,a quienes la Fiscalía General de la Nación les atribuye la comisión de los delitos de trata de personas con circunstancias de agravación, abuso de función pública y abuso de autoridad por acto arbitrario e injusto.
Los hechos objeto de la decisión según el escrito de acusación, era que presuntamente los ciudadanos mencionados hacian parte de una organización criminal dedicada a la trata de mujeres con finalidades de explotación laboral y sexual en el Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina; cuya actividad se extendió, por lo menos, desde el 24 de noviembre de 2012 hasta junio de 2014, cuando fueron aprehendidos.
De acuerdo con el documento la supuesta “red delictiva contactó a Eliana Cruz y Andrea Johana Hernández en Bogotá, y mediante falsas promesas laborales, fueron trasladadas al archipiélago. Una vez arribaron al aeropuerto Gustavo Rojas Pinilla, Deborah Nelson Forbes, Inspectora de la Oficina de Control, Circulación y Residencia (OCCRE) diligenció sus respectivas tarjetas de turismo, registrando solamente la fecha de ingreso –no la de salida.
Desde allí, Alfredo Olivero Ospino las transportó a un establecimiento público, que administraba junto con Estefany (Estefani) Peñalosa Reyes, en el que fueron explotadas sexualmente, limitando sus salidas del lugar, y exigiendo el pago del dinero correspondiente al tiquete aéreo, como condición para la entrega de sus documentos de identidad, que previamente habían retenido.
El 22 de septiembre de 2014, el organismo instructor presentó escrito de acusación contra los procesados aludidos, por su presunta responsabilidad en los acontecimientos




















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