El Juzgado Primero Penal del Circuito para Adolescentes de San Andrés con funciones de tutela ordenó al periódico semanario Caribbean Post rectificar una serie de informaciones difamatorias publicadas contra el director del semanario The Archipiélago Press y previno a esa publicación para que cese sus informaciones falsas.
Así lo decidió la juez Primero Penal del Circuito para Adolescentes al tutelar los derechos al buen nombre y la honra del director de The Archipiélago Press, César Pizarro Barcasengras, al considerar que estos fueron vulnerados por el rotativo de la casa Gallardo, cuando afirmó en su edición No. 273 del 6 de noviembre que “Aury entrega otro convenio cuestionado a los dueños de Archipiélago Press, esta vez por 200 millones de pesos”.
La Juez Alda Corpus Sjogreen ordenó al periódico Caribbean Post para que por conducto de su director Juan Carlos Gallardo Barrios y/o quien haga sus veces, en la primera edición que se publique y distribuya con posterioridad a la notificación de la presente providencia, rectifique la información contenida en el artículo titulado Aury entrega otro convenio cuestionado a los dueños de Archipiélago Press, esta vez por 200 millones de pesos, en el sentido de indicar que el contrato adjudicado por la Gobernación del Departamento a Ediciones El Rayo Ltda. en el mes de octubre de 2014 por la suma de 201 millones de pesos se hizo a través de un proceso de selección abreviada de menor cuantía y no a dedo, y que las cuantías de los contratos celebrados entre Ediciones El Rayo Ltda. y el ente departamental en los tres años de gobierno de la doctora Aury Guerrero Bowie no es superior a 600 millones de pesos como lo afirmó falsamente el periódico Caribbean Post.
La juez además hizo “un llamado de atención al periódico semanario Caribbean Post, para por conducto de su director Juan Carlos Gallardo Barrios, y/o quien haga sus veces, se abstengan de incurrir en las acciones que dieron lugar a la presentación de esta solicitud de amparo, en el sentido de que las publicaciones que realicen deben contener información que sea veraz e imparcial, so pena de las sanciones legalmente correspondientes.
La providencia emitida el pasado 1 de diciembre de 2014 admite el respectivo recurso de de apelación e incluso una eventual revisión de la Corte Constitucional en caso de no ser impugnada la sentencia.