Ciudadanos disponen de una batería de herramientas jurídicas para hacer valer sus derechos. En días pasados el magistrado Hugo Alberto Marín Hernández del Consejo de Estado atendiendo una iniciativa del Tribunal Contencioso Administrativo dictó una importante charla sobre la Ley 1437 o Código Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, (Cpaca)para hacer conocer de la comunidad en general y la comunidad jurídica del archipiélago las principales modificaciones que se introdujeron en la nueva ley que le dice a los ciudadanos como deben interactuar con la administración y como deben ser las actuaciones de la Administración.
A juicio del jurista, esta nueva ley le da una batería de herramientas a los ciudadanos encaminados a hacer valer sus derechos de manera más pronta y eficiente ante las autoridades administrativas, además porque si se adoptan mejores decisiones los ciudadanos quedan más conformes y tranquilos y se ven menos necesitados a apelar a los jueces para que les protejan sus derechos. Esta es una ley bien intencionada que da pasos en el sentido que los ciudadanos tengan sus derechos mejo protegidos, dijo al respecto.
Se declaró optimista que la Corte Constitucional avale la Ley estatutaria que aprobó el año pasado el Congreso sobre la reglamentación del Derecho de Petición que le da más herramientas jurídicas a la ciudadanía para reclamar actuaciones de la administración en defensa de sus derechos. En la actualidad el derecho de petición está amparado solamente en el artículo 23 de la Constitución Política, pero la Ley 1437 le amplió el ámbito de aplicación en un capitulo exclusivo con varios artículos, pero la Corte Constitucional declaró su inexequibilidad diferido hasta el 31 de diciembre de este año, por lo que el Congreso debió aprobar una Ley Estatutaria que ahora está en revisión de constitucionalidad en ese alto tribunal.
Otro de los beneficios que trajo esta nueva Ley es la extensión administrativa del precedente jurisprudencial, por medio del cual la administración puede aplicarle a un ciudadano el beneficio que mediante fallo, un juez le haya concedido a otro ciudadano, en asuntos similares. Es decir, si a un ciudadano se le ha reconocido un derecho pensional, se puede extender ese precedente jurisprudencial a otros casos idénticos.
“Es un mecanismo novedoso que concreta los propósitos de la reforma de la Ley porque descongestiona la administración pública, la administración de justicia, garantiza eficacia para los derechos de las personas por que ya el Consejo de Estado ha accedido a la extensión de la jurisprudencia en materias pensionales y prestacionales y otorga beneficios de celeridad para que el ciudadano acuda a esos derechos de manera más pronta y eficaz”, explicó Marín.