#AmigoCiudadano recuerda que ofrecer dinero u otra utilidad a servidor público, en los casos previstos en el artículo 407 del Código Penal, incurrirá en prisión de cuarenta y ocho (48) a ciento ocho (108) meses, multa de sesenta y seis puntos sesenta y seis (66.66) a ciento cincuenta (150) salarios mínimos legales mensuales vigentes, e inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas de ochenta (80) a ciento cuarenta y cuatro (144) meses. Policía Nacional. ‘Somos Uno Somos Todos’













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