
San Andrés, 25 de mayo de 2022. El Gobierno Departamental del Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, a través de la Secretaría de Agricultura y Pesca informa a pescadores artesanales, empresas pesqueras, asociaciones, cooperativas de pescadores y centros de buceo, que haciendo cumplimiento al Acuerdo INDERENA N°017 de 1990 y Acuerdo INDERENA N°007 de 1990, por los cuales se establecen medidas regulatorias para las actividades Pesqueras en el Departamento Archipiélago, y en especial en el área del Tratado Vásquez Saccio 1972”:
• Se Prohíbe llevar abordo y el uso de equipos de buceo autónomo y semiautónomo (Tanques y/o mangueras de aire), así como el uso de redes agalleras y/o trasmallos.
• Se Prohíbe la pesca con equipo de buceo autónomo o semiautónomo, y compresores (Hookah).
Por lo anterior expuesto, se informa a la comunidad en general abstenerse de desarrollar pesca empleando este tipo de elementos que además constituyen un riesgo para la salud de los pescadores y generan daño medioambiental sobre los ecosistemas marinos de nuestra Reserva de Biosfera Seaflower.
El incumplimiento de estas normas podrá constituirse en sanciones administrativas o penales por parte de las autoridades competentes.
















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