El Tribunal Contencioso Administrativo de Cundinamarca negó una acción de tutela presentada por el Movimiento Raizal del Archipielago a instancias de la Asociación Colombiana de Juristas que pretendía la revocatoria del nombramiento en encargo del Almirante Juan Francisco Herrera Leal como gobernador del Departamento por considerar que su nombramiento violaba normas legales y constitucionales por no ser resiente permanente de las islas.
El Tribunal advirtió que la tutela es un mecanismo de justicia residual cuando ya no existen mecanismos de justicia ordinaria que amparen los derechos de los ciudadanos y en el presente caso se podía invocar por vía Contencioso Administrativo una demanda electoral contra el nombramiento del oficial en la Gobernación del Departamento, por lo que no es procedente la prosperidad de la presente acción de tutela contra el encargo que el presidente de la República Iván Duque Márquez hizo del oficial como gobernador encargado.