Todos los policías de San Andrés estarán trabajando el día de las elecciones en las calles. Policía Nacional difunde algunos reglamentos para que los ciudadanos tengan en cuenta, no caigan en la trampa y no se dejen engañar.
Comprometidos con el Plan Democracia, Policía Nacional saca a todos sus hombres este 25 de octubre para garantizar el derecho al voto en el Departamento de San Andrés Providencia y Santa Catalina. Los puestos de votación y las calles estarán asegurados con 330 hombres.
Para que la jornada transcurra con éxito, los ciudadanos deberán tener en cuenta el decreto N° 2033 de 2015 por el cual se dictan normas para la conservación del orden público durante el periodo de elecciones de autoridades y corporaciones públicas territoriales.
En un esfuerzo interinstitucional la Policía Nacional garantizará seguridad para que la jornada electoral transcurra en paz y los habitantes de la Isla puedan ejercer su derecho al voto.
Durante las elecciones se conformarán las patrullas por la transparencia electoral que recorrerán la Isla dispuestos a socorrer a los ciudadanos en cualquier requerimiento, así mismo dispone las líneas de la transparencia que son cuatro números telefónicos (512 3850 -3202976881 -3203045778 -320 3031755)para que las personas se puedan comunicar en caso de necesitar información o denunciar alguna irregularidad.
A continuación se dan a conocer algunos artículos del decreto 2033 de 2015 establecidos y sus restricciones para el sano ejercicio del voto y el buen desarrollo de la democracia.
Artículo 3. Propaganda electoral, programas de opinión y entrevistas. La Policía Nacional decomisara toda propaganda proselitista que siendo distribuida o sea portada por cualquier medio durante el día.
Artículo 5. Acompañante para votar, los ciudadanos que padezcan limitaciones que impidan valerse por sí mismos, poder derecho al sufragio acompañado hasta el interior del cubículo de votación así mismo los ciudadanos mayores de 80 años o tengan problemas avanzados de visión. Autoridades electorales les prestaran la colaboración necesaria y tendrán prelación.
Artículo 11. No es permitido el uso de celulares y cámaras en los puestos de votación, solo podrán usarlos los medios de comunicación autorizada y los testigos electorales después de las 04:00 de la tarde para registros fotográficos.
Artículo 13. Ley seca. Queda prohibido la venta y el consumo de bebidas embriagantes desde las 06:00 de la tarde del día sábado 24 hasta las 06:00 de la mañana del día 26 de Octubre del 2015.
Artículo 14. Porte de armas. Suspensión general de los permisos para el porte de armas en todo el territorio nacional. Desde el día Viernes 23 hasta el día Miércoles 28 de Octubre 2015.