En audiencia de verificación de allanamiento, individualización de la pena y sentencia, se verificó que el allanamiento realizado por Jorge Luis Berrío, fue libre, consciente, voluntario y ajustado a la ley, con la advertencia que no cabía retractarse. Entre tanto que el sentido del fallo se expresó condenatorio por parte del Juez de la causa.
El Juez, por lo tanto decretó aprobar el allanamiento de cargos formulados por la Fiscalía en contra del procesado, por el delito de Tráfico, Fabricación y Porte de Armas de Fuego, y condenado a la pena principal de Treinta Meses de Prisión e Interdicción de Derechos y Funciones Públicas por el mismo periodo de tiempo.
El Juez de la causa, concedió el subrogado penal de la Suspensión Condicional de la Pena, previo pago de una caución de cien mil pesos ($100.000.) a órdenes del Juzgado de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad en el Banco Agrario de esta ciudad. Y, en cuanto a daños y perjuicios concedió a las presuntas víctimas la oportunidad que establece el artículo 102 del Código de Procedimiento Penal. Las partes no interpusieron recurso alguno y fueron notificados en estrados.