CORALINA, en un trabajo articulado con la Policía Nacional, decomisó e inicio un proceso sancionatorio contra una persona, quien venía atentando contra los recursos naturales y aprovecharse de manera ilícita de la flora silvestre para fabricación de carbón vegetal.
El hecho se registró en el sector de Punta Evans, parte posterior de la planta de energía SOPESA y la planta recicladora MAGIC GARDEN, donde el infractor fue sorprendido en flagrancia realizando extracción ilícita de recurso en zona boscosa y donde se incautaron 12 costales de color blanco los cuales en su interior contienen carbón mineral.
La operación se lidero en compañía de la policía, a través del Grupo de Protección Ambiental y el grupo de Control y Vigilancia de la Corporación, quienes dieron cuenta de la denuncia donde se encontraron personas realizando tala y quema de árboles para la elaboración de carbón y el cual estaba produciendo una cantidad de humo afectando a los habitantes del sector.
Luego de la inspección, se encontró en el interior de la zona boscosa, el lugar donde se realizaba la actividad de quema de los árboles para la fabricación del carbón vegetal, sitio que se encontró vacío, porque ya habían recogido todo el carbón disponiéndolos en costales, los cuales se encontraban en la entrada del patio por donde se transita para poder llegar hacia el sitio donde se encuentra la carbonera o parva.
Al dialogar con el infractor, manifestó que él ayudaba a hacer el carbón, para conseguir un poco de dinero para su subsistencia además que tiene una finca que queda cerca del lugar.
Luego de las investigaciones del caso el Grupo de Control y Vigilancia, conceptúo que la tala y quema de los árboles genera procesos erosivos, las cuales causan la aceleración en épocas de lluvias y por ende el transporte de los sedimentos, lo que conlleva a la afectación a los organismos biodiversos existentes en el suelo de ese lugar.
Las actividades de quemas a cielo abierto están prohibidas, debido a la afectación generada en el aire por las sustancias manejadas como material particulado, óxido de azufre y nitrógeno. También, durante el proceso de quema de carbón se liberan gases nocivos y contaminantes, los cuales aumentan los niveles de gases efecto invernadero; por esta razón la Corporación le recuerda a la comunidad la importancia de conocer los trámites y/o permisos ambientales necesarios para el desarrollo de actividades productivas en el territorio.
El carbón vegetal es usado como fuente de energía, pero especialmente para la cocción de alimentos, actividad que genera consecuencias como la deforestación al no ser controlada y planificada, el cual aumentaría las afectaciones al aire, suelo y flora de la región.
La quema de carbón produce multitud de problemas medioambientales, como la lluvia ácida o el aumento del efecto invernadero.
La producción de carbón vegetal genera olor y humo que no permite la respiración normal de las personas extendiéndose a zonas aledañas, lo que contamina el aire de los residentes y vecinos de la región, causando afectaciones en la salud de la comunidad.
Sanción
El nuevo sistema penal acusatorio acogió un procedimiento penal más ágil y operativo, que permite adelantar operativos conjuntos con la Fiscalía y la Policía Judicial para recaudar las pruebas que permiten judicializar a las personas que afectan al ambiente.
De acuerdo a la Ley 1333 de 2009, en su contenido normativo expone que en materia sancionatoria ambiental se presume la culpa o el dolo sobre quien se denominará inicialmente «presunto infractor», dicha presunción dará lugar a medidas preventivas, y se procederá a sancionar definitivamente si no logra desvirtuar la presunción, para lo cual tendrá la carga de la prueba, y podrá utilizar todos los medios probatorios legales.
Asimismo, le corresponde a la Corporación Ambiental, ejercer la potestad sancionatoria por el aprovechamiento forestal para hacer carbón y su movilización sin el permiso de autoridad competente, lo que constituye una violación a la ley y a los derechos de los individuos, por tal motivo se estará imponiendo medida preventiva sancionatoria por los motivos antes expuestos.













Por