CREARÁN SISTEMA DE MONITOREO DE AGRESORES SEXUALES. BUSCAMOS FRENAR A VIOLADORES DE NIÑOS Y ADOLESCENTES. NO MÁS REINCIDENTES, NI IMPUNIDAD.* Los aquí firmantes votaremos positivo porque sea ley de la república la creación de un sistema de monitoreo de agresores sexuales de menores de edad; A través de este proyecto de ley buscamos que el monitoreo sea en tiempo real a cargo de la Policía Nacional, en este sistema se registrarán todas las personas que a título de autor o participe hayan sido condenadas por la tentativa o el delito consumado de acceso sexual en contra de algún menor, previniendo la reincidencia en cualquiera de sus formas. La Policía Nacional tendrá que vigilar de cerca estos individuos, quienes tendrán sanciones elevadas por motivos como cambios de domicilio, empleo, o cualquier otra información relevante dentro de los plazos establecidos, será sancionado con una multa que oscilará entre 100 y 300 salarios mínimos legales mensuales vigentes, también los agresores sexuales que incumplan con su asistencia obligatoria a los programas de seguimiento y rehabilitación establecidos por el Ministerio de Educación, Ministerio de Salud y la Policía Nacional serán sujetos a la imposición de una multa equivalente a entre 50 y 200 salarios mínimos legales mensuales vigentes. El propósito fundamental de esta ley es: salvaguardar la integridad y bienestar de la población infantil del país a través de la prevención y acción en tiempo real por parte de la Policía Nacional en un trabajo interinstitucional y articulado con todas las organizaciones y entidades del estado Colombiano.
Posted by The Archipielago Press on Tuesday, October 29, 2024
Los aquí firmantes votaremos positivo porque sea ley de la república la creación de un sistema de monitoreo de agresores sexuales de menores de edad; A través de este proyecto de ley buscamos que el monitoreo sea en tiempo real a cargo de la Policía Nacional, en este sistema se registrarán todas las personas que a título de autor o participe hayan sido condenadas por la tentativa o el delito consumado de acceso sexual en contra de algún menor, previniendo la reincidencia en cualquiera de sus formas.
La Policía Nacional tendrá que vigilar de cerca estos individuos, quienes tendrán sanciones elevadas por motivos como cambios de domicilio, empleo, o cualquier otra información relevante dentro de los plazos establecidos, será sancionado con una multa que oscilará entre 100 y 300 salarios mínimos legales mensuales vigentes, también los agresores sexuales que incumplan con su asistencia obligatoria a los programas de seguimiento y rehabilitación establecidos por el Ministerio de Educación, Ministerio de Salud y la Policía Nacional serán sujetos a la imposición de una multa equivalente a entre 50 y 200 salarios mínimos legales mensuales vigentes.
El propósito fundamental de esta ley es: salvaguardar la integridad y bienestar de la población infantil del país a través de la prevención y acción en tiempo real por parte de la Policía Nacional en un trabajo interinstitucional y articulado con todas las organizaciones y entidades del estado Colombiano.

















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