Una confrontación quedó en evidencia entre Provigas, el proveedor de GLP para San Andrés y Providencia, y la Comisión Reguladora de Energía y Gas, Creg, por el suministro del carburante en las islas, debido a modificaciones en la estructura tarifaria que el ente de control atribuye a mayor consumo y volumen de venta en las islas, pero que la empresa distribuidora adjudica a un cambio en las reglas legales del juego.
La gerente de Provigas, Ingrid Sánchez dijo en rueda de prensa que “como empresa de transporte tenemos como obligación tener producto para una semana de almacenamiento, pero la empresa tiene más almacenamiento, siempre se ha previsto porque conociendo la realidad de las islas, una semana no es suficiente, siempre tenemos más y lo que busca la empresa no es suspender el servicio intempestivamente, si no poder solucionar rápidamente esta situación de manera que se pueda brindar continuamente el servicio.”
Según la ejecutiva “en este momento tenemos para un mes y vamos a seguir trayendo el gas por lo menos durante el próximo mes, que es un tiempo razonable mientras se busca una solución. Después de eso la empresa no podrá soportar esta carga financiera y tendremos que tomar otro tipo de medidas.”
Advierte que la Resolución 30 del 2016 de la Creg es una revocatoria de manera unilateral acerca de parte de la metodología que afecta la remuneración de la actividad del transporte a las islas. Esta nueva decisión afecta de manera grave la suficiencia financiera de la empresa, disminuyendo la estampilla de manera considerable y es muy difícil que la empresa pueda seguir prestando el servicio a las islas. En febrero del presente año la Creg manifestó en una resolución su intención de revisar la metodología sobre la remuneración del transporte a las islas, caso en el que la empresa está totalmente de acuerdo. “Es sano revisar los costos, la prestación, pero en ningún momento se han comunicado directamente con la empresa, no han venido a ver la realidad de nuestras islas, revocaron la resolución sin tener en cuenta cuales iban a ser las consecuencias inmediatas que hacen posible la suspensión del servicio”, dijo la gerente Sánchez.
“La Creg no es clara en sus considerandos toda vez que proceden de facultad siempre y cuando haya una afectación en los usuarios, en la empresa, pero se supone que la metodología actual no esté favoreciendo a los usuarios y realmente los únicos perjudicados van a ser los usuarios y la empresa de las islas. “Los considerandos no hablan de una causal específica sobre esta decisión”.
Afirma que la demanda ha crecido poco anualmente, un poco más con la implementación de tanques estacionarios con los cuales los usuarios le han dado nuevos usos al producto, independientemente que sea bueno o malo, debe mantenerse técnica y financieramente.
La empresa independientemente de la variación y crecimiento de la demanda, debe cumplir con la responsabilidad de suministrar el gas. En cuanto a esto, no es un inconveniente y que la Creg vaya a poner límites al crecimiento de la isla, porque el desarrollo del GLP está directamente ligado a los costos en cuanto a energía o seamos más eficientes en algunos procesos. Pienso que no tiene nada que ver con la decisión directa. Realmente es una compensación al transporte que se hace mediante un recaudo que realiza Ecopetrol transportando gas por todo el país. Esta compensación que se basa en el principio de solidaridad, en el que todos los que demandan gas en el interior del país, nos ayudan a pagar el gas que llega a la isla.”
Recuerda Sánchez que “llevamos 40 años en las islas y nuestra idea principal es continuar prestando el servicio. La Creg hasta el momento no se ha comunicado con nosotros luego de esta resolución, lo que afecta directamente a la empresa porque, como lo hemos manifestado, en caso tal de que se llegue a un acuerdo de revisar rápidamente la decisión tomada, la empresa va a seguir prestando el servicio, ellos de ninguna manera han venido aquí a consultar ni a decir cuáles son las medidas que van a tomar.”
“Hasta el momento no se sabe si la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, independientemente de la legalidad del acto, haya hecho un pronunciamiento ante la Creg, dado que tampoco es mucho de su competencia. Afortunadamente en la actualidad se está trayendo, la mayor parte del gas de la refinería de Cartagena, a veces, como tenemos capacidad de transporte suficiente, traemos un poco de la refinería de Barrancabermeja, pero ya es menor el costo que se le aplica a los usuarios debido a que los costos serían menos porque se trae de Cartagena, claro que el gas de Cartagena es más costoso que el de Barrancabermeja, de manera que el precio no varía mucho.”
La versión de la Creg
La Comisión de Regulación de Energía y Gas, Creg, se vio obligada a aclarar diferentes aspectos que están asociados con aumento en las tarifas del gas propano para San Andrés, como consecuencia de un aumento del 17 por ciento en el consumo del carburante en la isla, lo que a su vez aumentó los costos del transporte del producto desde el interior del país.
En un comunicado de prensa la Creg advirtió que ante recientes pronunciamientos en medios de comunicación de la agremiación Gasnova sobre un aumento en el gas propano del continente, la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG) se permite aclarar lo siguiente: con el fin de remunerar la actividad de transporte de gas licuado de petróleo (GLP) al archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, la Comisión expidió en el 2009 una metodología tarifaria con la que se definieron de manera eficiente dos fuentes de ingresos para remunerar la actividad y asegurar la suficiencia financiera en la prestación del servicio. Este esquema de remuneración en ningún caso se debe entender como un tributo o subsidio a los usuarios de San Andrés.
Expresa la entidad que el transporte de GLP es un único sistema nacional multimodal, que incluye activos como propanoductos, poliductos, isotanques e infraestructura de almacenamiento. Esta infraestructura se remunera entre la demanda del continente y la de la isla. La aplicación de dicha metodología ha permitido transportar el GLP de una manera continua y confiable a los usuarios.
En el caso específico del transporte de GLP a San Andrés, es importante resaltar que la fórmula tarifaria depende de los siguientes factores: 1) el GLP consumido en la isla, 2) el GLP transportado por ductos en el interior del país, 3) las inversiones necesarias para transportar el GLP por vía marítima y, 4) la infraestructura en la isla para almacenar el GLP.
Cuando se establece la metodología, cerca del 80% de la demanda de GLP del país se abastecía de la fuente de Barrancabermeja y era transportado por ductos. En el año 2012, la aparición de la oferta proveniente de otras fuentes como Cusiana y TY gas, sumado a la no disponibilidad del ducto Salgar – Mansilla y a la reapertura de Reficar durante 2015, generaron una disminución en la utilización de los ductos de más del 50%, lo cual evidencia un cambio importante en las condiciones del mercado nacional de GLP.
Por otra parte, la demanda de San Andrés ha aumentado durante la vigencia del periodo tarifario un 17% y por consiguiente, ha sido necesario incurrir en unos mayores costos para garantizar la atención de toda la demanda.
“La Comisión, consciente de las nuevas condiciones de mercado de GLP y
teniendo en cuenta los plazos previstos por la ley para la expedición de metodologías tarifarias, en su sesión No. 684 del 30 de octubre de 2015 aprobó expedir las bases sobre las cuales efectuará los estudios para determinar la metodología para la remuneración de la actividad de transporte de GLP hacia el archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina. Como acción de corto plazo, la Comisión se encuentra analizando la viabilidad técnica y la procedencia de alternativas que reduzcan el impacto que se viene presentando en la tarifa y que garanticen la prestación del servicio en el archipiélago.”
















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