La Oficina de Control, Circulación y Residencia Occre advirtió a los hoteles y establecimientos de alojamiento del Departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina que de conformidad a lo establecido en el artículo 17 del Decreto 2171 del 2001, deberán exigir a las personas antes de su registro o ingreso como huéspedes, la correspondiente tarjeta de turismo.
El incumplimiento de la presente disposición dará lugar a la suspensión de la licencia de funcionamiento por la entidad competente a solicitud de la Occre. Igualmente, los propietarios de los inmuebles al momento de celebrar un contrato de arrendamiento o facilitar hospedaje, están en la obligación de exigir al arrendatario o huésped, la presentación de la tarjeta respectiva, el incumplimiento de estas disposiciones acarreara la sanción prevista en el artículo 30 del Decreto 2762 de 1991.