En el marco de las labores de control y Vigilancia, personal de la Corporación Ambiental CORALINA ayer realizaron el seguimiento, levantamiento de información y monitoreos necesarios para medir las afectaciones ambientales al litoral y ecosistema marino, que ocasionó la ruptura de la tubería de impulsión del sistema de tratamiento de aguas residuales a la altura del kilómetro 2 sector de Rock Ground, propiedad de la empresa de servicios públicos VEOLIA S. A ESP.
Si bien, se trata de una situación de contingencia, no exime la responsabilidad ambiental frente a las afectaciones que pudieron haber ocasionado la descarga continua y directa de aguas residuales al mar sin ningún tipo de control.
En ese orden, y de conformidad a nuestras competencias establecidas por la Ley 99 del 1993 y el decreto 1333 de 2009, en el marco del debido proceso, se dará inicio al respectivo proceso sancionatorio.
Así mismo, se insta a las autoridades competentes en materia de saneamiento básico de conformidad a la Ley 142 de 1994 y demás normas concordantes, tomar las acciones y correctivos necesarios para garantizar una adecuada prestación de servicios públicos a los habitantes del territorio y evitar futuras afectaciones ambientales que dieran lugar.
CORALINA le recuerda a la comunidad que las actividades de vertimiento se encuentran prohibidas en el departamento tipificada como delito contra el medio ambiente, quienes sean sorprendidos cometiéndolo puede enfrentarse a:
• Apertura de procesos administrativos – por la entidad ambiental
• Multa de hasta 32 salarios mínimos por infringir la ley 1801 del 2016 Título IX prohibiciones encaminadas a proteger el ambiente, específicamente en materia de recursos hídricos – por la Policía Nacional
• Pena privativa de la libertar de hasta 8 años de prisión – Código penal artículo 304.