La construcción de un muelle turístico para que los lancheros, en su gran mayoría marinos nativos de las islas, puedan realizar su trabajo en forma más óptima y cómoda y ofrecer a los turistas que transportan hacia cayos y balnearios turísticos con todo confort, debió ser frenada cuando ya estaba a punta de culminar, porque una acción judicial así lo ordenó cuando ya la obra se encuentra en casi un 90 por ciento de concluida.
La obra que ha tenido numerosos traspiés porque estuvo paralizada por varios años después que el Invias y la Gobernación del Departamento contratara su ejecución, e incluso varios de los cuerpos flotantes que fueron traídos a la isla para su instalación se desprendieron y quedaron a la deriva, ahora cuando ya la estructura estaba a punto de culminar, una tutela de la líder Ofelia Livingston de Barker obligó a paralizar el proyecto, que al igual que el dragado al canal de acceso, sufre el mismo retraso y parálisis, impidiendo la extracción de arena para la recuperación de las erosionadas playas de San Andrés que dispone de 20 mil millones de pesos en bancos para su restitución, también en espera de un estudio de la Universidad del Norte.
En el caso del muelle la tutela fue interpuesta por haberse omitido el derecho de consulta previa con la comunidad raizal, por lo que ahora el Ministerio del Interior deberá hacer la convocatoria a la consulta previa y negociaciones con la comunidad, que en algunas ocasiones algunos de sus actores parecieran más interesado en un pulso político con las autoridades que el beneficio colectivo que puedan producir estas acciones gubernamentales, necesarias para la propia comunidad y las actividades laborales que miembros de esa colectividad realizan, con lo que además se expone a un rápido deterioro de la infraestructura construida.
A juicio de la viceministra de turismo Sandra Howard Taylor el ideal es que se pueda llegar a rápidos acuerdos en una consulta expedita, de la misma forma como se manejó en Providencia con el SPA que ya estaba construido y que también frenó una tutela de la Corte Constitucional.
La misma funcionaria que a pesar de ser integrante del alto Gobierno también tiene la condición de ciudadana raizal explicó que la forma como se procedió a la ejecución de este proyecto sin tomar en cuenta el requisito de la Consulta Previa, obedeció a otro mandato judicial que por vía de la Acción Popular invocaron unos ciudadanos de las islas para la realización del proyecto que estaba estancado pese a haber sido contratado, afectando el interés de los lancheros y turistas a disponer de su muelle propio.
La viceministra previó además que con la apertura del muelle de Lancheros como único embarcadero apto para el transporte de pasajeros a los diferentes balnearios de la isla, más el control a los otros muelles privados que trasladan pasajeros a balnearios de las islas, se puede ejercer una mayor vigilancia a la capacidad de carga a los diferentes cayos para que no tengan que ser clausurados como ocurrio con el cayo turístico de Isla Bolívar.
¿Qué es la Consulta Previa?
La Consulta Previa es el derecho fundamental que tienen los pueblos indígenas y los demás grupos étnicos cuando se toman medidas (legislativas y administrativas) o cuando se vayan a realizar proyectos, obras o actividades dentro de sus territorios, buscando de esta manera proteger su integridad cultural, social y económica y garantizar el derecho a la participación.
Se fundamenta en el derecho que tienen los pueblos de decidir sus propias prioridades en lo que atañe al proceso de desarrollo, en la medida en que éste afecte a sus vidas, creencias, instituciones y bienestar espiritual y a las tierras que ocupan o utilizan de alguna manera, y de controlar, en la medida de lo posible, su propio desarrollo económico, social y cultural.
Además, en el derecho de dichos pueblos de participar en la formulación, aplicación y evaluación de los planes y programas de desarrollo nacional y regional susceptibles de afectarles directamente (Artículo 7 Convenio 169 de la OIT).
















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