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Ni homo, ni hetero fobia

The Archipielago Press by The Archipielago Press
17/08/2016
in Opinión
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La condición homosexual de la actual ministra de Educación Gina Parody DeEcheona y su cambio en el actual esquema de enseñanza de los programas de educación sexual y reproductiva en los colegios y escuelas públicas y privadas de Colombia donde se propone una reforma a las concepciones hegemónicas de los sexos (es decir la concepción biológica de hembras y barones), ha desatado un enfrentamiento social y colectivo de la sociedad colombiana que no acepta las que considera, imposiciones oficiales. 

Con justa razón muchos padres no ven con buenos ojos, que sean las autoridades educativas del país las que decidan el tipo de educación y crianza, e incluso creencias sexuales que deban seguir sus hijos, y que de alguna manera con estos nuevos esquemas se le induzcan a los adolescentes a adoptar comportamientos sexuales que no son los suyos o los que les corresponde por origen biológico. 

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Es bien cierto que los nuevos proyectos educativos en materia sexual son el resultado de una línea jurisprudencial que por orden de la Corte Constitucional, en virtud de una acción de tutela de una madre contra una institución educativa donde su hijo se suicidó por matoneo de sus compañeros por su condición homosexual, debe cumplir el Ministerio de Educación. Pero parece existir un sesgo del Ministerio, ya que la ministra además de su confesa condición homosexual, decidió que el nuevo esquema lo definiera una organización llamada Colombia Diversa, la cual promueve los derechos y reivindicaciones de la comunidad LGTBI, lo que claramente determina que tal esquema está definido por el modo de vida de esas comunidades. 

Es probable que la discusión esté cargada de un alto componente homofóbico contra la ministra por su condición homosexual, y que no sea cierto que las cartillas con contenido de pornografía homosexual que le atribuyen, sean falsas y no correspondan a material suministrado por esa cartera ministerial; pero lo que se desprende del material que es oficial, que el mismo Ministerio reconoce como oficial y que hace parte de su portal de Internet, claramente si introduce elementos que preocupan a la sociedad tradicional que tiene un concepto milenario, de la familia biológica, de la concepción divina o religiosa, que rechaza tales conceptos sexuales, porque además de tener derecho a ser quienes orienten los comportamientos y decisiones de sus hijos, también es cierto que no se les puede estigmatizar por sus posiciones tradicionales, ni ser llamados hipócritas, retrógrados u homofóbicos. 

No se puede imponer una dictadura de la Ideología de Género, menos por que quienes hoy día gobiernan o legislan hacen parte de la comunidad LGTBI. No se puede reformar el esquema actual en forma radical imponiendo conceptos como que el sexo no lo define el origen biológico si no la condición social; que no hay dos sexos, sino una multiplicidad de opciones sexuales, que los baños y los uniformes en unisex y no individualizados por hembras y varones. Lo que se debe garantizar es el respeto a la condición y al reconocimiento de la población escolar LGTBI dentro del entorno escolar, que no sea sometido a la ridiculización o burla (hoy llamado matoneo), a la discriminación y a la exclusión. Pero ya de ahí a convertir los entornos escolares en una especie de “tocadores de peluquería” para el desarrollo de la personalidad de los escolares LGTBI, ya es exagerar la garantía de sus derechos, invadiendo la de los otros. 

De la misma forma como no se pueden vulnerar los derechos de la minoría sexual a que se le respeten y reconozcan sus derechos a la diferencia, al trato igualitario, al reconocimiento de su identidad, y a que no se promuevan acciones violentas o discriminatorias por su orientación sexual. Es decir que toda acción orientada a impedir la homofobía, es justo aplicarla no solo por una orden judicial, si no por una condición de respeto ciudadano y convivencia pacifica de todos los seres humanos con respeto a su dignidad. 

De modo que no debe haber ni tanto que queme al santo ni tan poco que no lo alumbre, en la aplicación de las disposiciones jurisprudenciales tuteladas por la Corte Constitucional e implementadas por la ministra de Educación.

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