La Oficina de Control, Circulación y Residencia Occre informa a toda la comunidad residente en el Departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, que las personas que no han reclamado su tarjeta de residencia hasta la fecha pueden acercarse al despacho de la Oficina de Control Poblacional, para que en términos de quince (15) días siguiente a la publicación del presente comunicado comparezcan los administrados a reclamar los mismos.
De conformidad a lo establecido en los literales a) y c) del Artículo 24 del Decreto 2762 de 1991, el artículo 19 de Decreto 2171 de 2001 y demás acuerdos complementarios, es función del Director Administrativo de la Oficina de Control de Circulación y Residencia Occre expedir las tarjetas de residente y residente temporal, conforme lo dispone el presente Decreto, ya que el porte de la tarjeta que identifica la calidad que ostenta todo aquel que se encuentre en el territorio del Departamento.