El Juzgado Único Contencioso o Administrativo de San Andrés y Providencia falló a favor de la Acción Popular interpuesta por la Procuradora Ambiental Sara Pechthait, a fin de evitar un daño contingente y la protección de los derechos e intereses colectivos al goce de un ambiente sano, la existencia de un equilibiro ecológico, la proteccion de las especies animales y vegetales, la preservacion y restauracion del medio ambiente , la salubridad pública, la prestación de los servicios públicos básicos de manera eficiente a los cuales tiene derecho la comunidad de la isla de Providencia.
El Juez le ordenó al municipio de Providencia que proteja los derechos e intereses colectivos al goce de un ambiente sano, la existencia de un equilibrio ecológico, la protección de las especies animales y vegetales, la preservación y restauración del medio ambiente, la salubridad pública, la prestación de los servicios públicos básicos de manera eficiente a los cuales tienen derechos la comunidad de la isla de providencia, acorde a lo expuesto en la parte motiva.
Se le ordenó al Municipio que adopte las medidas administrativas y presupuestales para que en un término de tres meses contados a partir de la ejecutoria de esta sentencia, incluya dentro de su presupuesto los gastos necesarios para efectuar las obras tendientes a la potabilización del agua, de acuerdo a lo establecido en el Decreto 1575 de 2007, posterior al vencimiento de los término, lleve a cabo las obras programadas en el proyecto de construcción del sistema de acueducto para el Municipio. El juez también ordenó que se conforme un comité de verificación el cual estará conformado por la Procuradora Ambiental, el Alcalde, el Secretario de Salud y Coralina.
La demanda del Ministerio Público
Según el informe presentado por la Procuradora Ambiental, dada la ubicación geográfica de Providencia, ésta presenta mayor aislamiento en comparación con la isla de San Andrés, lo que hace que sus recursos naturales se deben proteger con mayor ahínco y en especial el recurso vital como es el agua.
Para la Procuradora, es claro que la isla de Providencia, presenta una posición privilegiada al contar con el autoabastecimiento de agua potable a través de las grandes escorrentías que se presenta especialmente en época de lluvia lo que hace que se optimice la represa o embalse de Agua Dulce y su razón de ser no es otra que la de almacenamiento de agua para el suministro de la comunidad sobre todo en los tiempos de sequía.
Manifiesta que debido a los lodos y deslizamientos de tierras propios de estos ecosistemas, la represa de Providencia ha presentado colmatación significativa, lo que genera dos efectos muy notorios y negativos hacía la comunidad como lo es la mala calidad del agua por elementos acumulados por años y la limitación de la capacidad de almacenamiento, convirtiéndola en un tesoro desaprovechado.
Expresa que anteriores administraciones del municipio han intentado recuperar la represa, para lo cual se llevaron a cabo procesos licitatorios y posteriores contrataciones que terminaron con declaratoria de caducidad y conflictos de orden jurídico. “Que se tiene información que solamente un 10% de la capacidad de represa está siendo utilizada, lo que permite deducir que un 90% de ella esta colmatada e inutilizada, disminuyendo su capacidad de almacenamiento.”
Afirma la Procuraduría Ambiental y Agraria del Departamento que ha realizado seguimientos a los monitoreos que la Secretaría de salud realiza periódicamente a las aguas que consume la comunidad de Providencia, pudiendo evidenciarse los graves problemas de potabilidad del preciado líquido. Que ante los graves problemas, en el año 2010 se llegó a un plan de mejoramiento más en el año 2011 se continuó presentando en las pruebas de nuestros eficiencias y contaminación de las redes.
Que teniendo en cuenta que los ecosistemas de la isla de Providencia son tan frágiles y dados los avances en tecnologías a nivel mundial para llevar a cabo este tipo de recuperación con la generación de los mínimos impactos ambientales como lo es la aplicación de procesos con ultrasonido lo cual disminuye costos de ejecución; es menor su duración, los lodos pueden ser reutilizados; pocas obras civiles previas.
Sugiere que los lodos que se extraigan e la represa pueden ser reutilizados en sectores erosionados de la isla. A través de apoderado judicial, el municipio de contestación a la demanda manifestano frente a los hechos que unos son ciertos y otros no lo son. Expresa que no es cierta la afirmación que la capacidad actual de la represa es tal solo de un 10%. Aclararon que el problema del agua en la isla no radica en el hecho enunciado por la accionante sino en la efectividad prestacion del servicio a la comunidad pir el ineficiente sistema de tuberías y otras falencias que están siendo resueltas por la actual administraccion.
Por su parte el Municipio planteó como excepción la de ineficacia de la acción, sustentada en que todo lo solicitado en la presente demanda, se encuentra radicado dentro del plan de Desarrollo del Alcalde Municipal y ya se encuentra radicado el proyecto ante el Ministerio de Vivienda, Ambiente y Desarrollo Territorial y la Alcaldía ha adelantado todas las gestiones necesarias para cumplir al 100% con la prestación del servicio de acueducto de acuerdo con la Constitución y la Ley 142 de 1994.
Como consideraciones de defensa manifiesta que la prestación del servicio de Acueducto como el de Aseo en el municipio está bajo la responsabilidad directa de la Cooperativa Old Providence And Santa Catalina Clean And With Fresh Wáter ESP, creada en el año 2005 y a la cual le fue cedido esta responsabilidad por la Alcandía Municipal mediante contrato de concesión 053 de 2006. Debido a que la empresa no cumplió con el objeto del contrato, mediante acta concertada entre las partes de fecha 30 de junio de 2012, se dio por terminada de forma unilateral dicho contrato.
Expresa que al poco tiempo de electo el ejecutivo municipal, recibió de la Secretaría de Salud Departamental oficios por los cuales se le informa la situación y como acciones inmediatas la Alcaldía recomendó la contratación de un Asesor por parte de la Administración Pública Cooperativa, para la atención de las quejas presentadas y para la realización del seguimiento de los procedimientos establecidos tanto en la producción del agua como en los análisis realizados. Que ante las anteriores circunstancias, la administración municipal presentó ante el Gobierno Nacional y que ya fue aprobado el proyecto mejoramiento y optimización del suministro de agua potable en el municipio de Providencia, proyecto por un valor de 16.800.000.000 de pesos, con el que se busca garantizar la limpieza de las dos represas de Agua Dulce (PTAP) y Bowden, la ampliación y optimización de la Planta de Tratamiento de Agua Potable de Agua Dulce, la construcción de una nueva PTAP en Bowden, el cambio total del sistema de aducción, conducción y distribución en el municipio y la instalación de acometidas y medidores nuevos en los hogares de los usuarios.