Ante el Juzgado Primero Promiscuo Municipal de San Andrés, se impartió legalidad a la captura realizada contra el aquí indiciado, Sixto Manuel Guerrero Castro, identificado con la cédula de ciudadanía número 1.123.625.846, por el delito de Violencia Intrafamiliar, al tiempo que se ordenó la cancelación de la órden de captura 018-13 del 11 de abril de 2014, emitida por ese mismo Juzgado Tercero Promiscuo Municipal de esta isla, sin que las partes interpusieran recurso alguno por tal procedimiento judicial.
Formulación de imputación.
Al indiciado Sixto Manuel Guerrero Castro, identificado con la cédula de ciudadanía número 1.123.625.846, le fue formulado el cargo por el delito de Violencia Intrafamiliar en concurso homogéneo sucesivo, previsto en los artículos 229 y 39 del Código Penal adquiriendo la calidad de imputado, y quien además, se allanó a los cargos que le fueron indilgados por el ente acusador.
De otra parte, la Fiscalía representada en la Fiscal, Tatiana Angulo Meléndez, retiró la solicitud reclamada por considerar que el indiciado Sixto Manuel Guerrero Castro, no representaba un peligro para la víctima, máxime cuando este ha estado presto a llegar a un acuerdo o acercamiento con la Fiscalía; por lo que el despacho de la Jueza accedió a la solicitud esbozada por la Fiscalía al considerarla procedente, sin que se presentaran recursos por las partes intervinientes en el proceso.
Un llamado a la reflexión.
En nuestra sociedad isleña, urge hacer visible la problemática de la Violencia Intrafamiliar para erradicarla de nuestros hogares, como primer intento por un sano ambiente de paz y respeto por los derechos humanos. Esta debe ser una meta de todos los estamentos de la sociedad porque los efectos de la Violencia Intrafamiliar son destructivos no solo para la pareja sino para las futuras generaciones que crecen al interior del seno familiar. Sin respeto no hay nada.