
• Las modificaciones se llevarán a cabo en la zona comercial de la isla.
A través de la Resolución 004797 del 20 de agosto de 2021, “por el cual se adoptan cambios de sentidos viales para el mejoramiento de la movilidad vehicular”, el Gobernador del Departamento, Everth Hawkins Sjogreen, resuelve modificar el sentido de circulación vial de la Carrera 3 (Avenida Costa Rica) en su intersección con la diagonal 2A (Avenida Atlántico) y su intersección con la Calle 2 (Avenida Colón), y efectuar la realización del cambio vial de un solo sentido de circulación de la siguiente manera: de sentido de circulación vial temporal: doble vía de circulación Norte-Sur y viceversa – a un solo sentido de circulación vial de Sur a Norte.
Ante la evidencia de los problemas de visibilidad, embotellamiento y caos vehicular en estas vías por el constante flujo de vehículos y camiones de carga pesada, estos últimos por ser zona comercial que generan constantes dificultades en la movilidad del sector, se hace necesario la implementación de medidas que permitan mejorar las condiciones de movilidad y de seguridad vial para los ciudadanos residentes y visitantes.
Cabe mencionar que la modificación de la vía no afecta la accesibilidad a la zona pues, de acuerdo con la conformación de la malla vial, existen vías contiguas o colindantes que suplen en términos de capacidad la carga vehicular del sentido que se suprime a través del acto administrativo 004797.
Recordemos que el sentido vial de las vías en mención se modificó mediante la resolución 006644 del 17 de agosto de 2018, modificando temporalmente el sentido de circulación vial de la Carrera 3 (Avenida Costa Rica) en su intersección con la diagonal 2 A (Avenida Atlántico) y su intersección con la Calle 2 (Avenida Colón), de un solo sentido de circulación vial de Sur a Norte a sentido de circulación vial temporal: doble vía de circulación Norte-Sur y viceversa.
Es deber de la administración departamental la implementación del ‘Plan Local de Seguridad Vial del Departamento’ en pro de garantizar una movilidad más segura en beneficio del interés general sobre el particular. Por lo anterior, se hace necesario efectuar el cambio vial de un solo sentido con el fin de canalizar el flujo vehicular. La Secretaría de Movilidad a través de los Agentes de Tránsito estarán a cargo de efectuar la vigilancia y control a la luz de verificar el cumplimiento de la resolución 004797 de 2021.

















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