viernes, 2 octubre , 2026
The Archipielago Press
Logo Radio Archipiélago
  • INICIO
  • DEPORTES
  • INFORMACIÓN
  • JUDICIALES
  • NACIONAL E INTERNACIONAL
  • PROVIDENCIA
No Result
View All Result
The Archipielago Press
  • INICIO
  • DEPORTES
  • INFORMACIÓN
  • JUDICIALES
  • NACIONAL E INTERNACIONAL
  • PROVIDENCIA
No Result
View All Result
The Archipielago Press
No Result
View All Result
Home Judiciales

Tribunal Contencioso Administrativo admite demanda de protección de derechos colectivos contra el INPEC y Ministerio de Justicia por vertimientos que efectúa la cárcel de San Andrés

The Archipielago Press by The Archipielago Press
19/01/2022
in Judiciales
0
618
SHARES
3.4k
VIEWS
Share on FacebookShare on Twitter
No hay ninguna descripción de la foto disponible.

La decisión del operador judicial obedece a una demanda a través del Medio de control de Protección de los Derechos e Intereses Colectivos con Radicado 88-001-23-33-000-2021-00039-00, cuya demandante es la Procuraduría 17 Judicial II Ambiental y Agraria a cargo de Sara Esther Pechtall y los demandados el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario-INPEC1, el Establecimiento Penitenciario de Mediana Seguridad y Carcelario de San Andrés-EPMSC, Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios-USPEC2.

La demanda correspondió al magistrado Ponente José María Mow Herrera y la misma pretende la Protección de los Derechos e Intereses Colectivos en contra del Instituto Nacional Penitenciario y. Carcelario-INPEC- Establecimiento Penitenciario de Mediana Seguridad y Carcelario de San Andrés-EPMSC, Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios-USPEC, con el fin de garantizar la protección de los derechos a i) El goce de un ambiente sano, de conformidad con lo establecido en la Constitución, la ley y las disposiciones reglamentarias; ii) La moralidad administrativa; iii) La existencia del equilibrio ecológico y el manejo y aprovechamiento racional de los recursos naturales para garantizar su desarrollo sostenible, su conservación, restauración o sustitución, la conservación de las especies animales y vegetales, la protección de áreas de especial importancia ecológica, de los ecosistemas situados en las zonas fronterizas, así como los demás intereses de la comunidad relacionados con la preservación y restauración del medio ambiente; vi) La seguridad y salubridad públicas; v) El acceso a una infraestructura de servicios que garanticé la salubridad pública; vi) El acceso a los servicios públicos y a que su prestación sea eficiente y oportuna; y vii) El derecho a la seguridad y prevención de desastres previsibles técnicamente, contenidos en los literales a), b), c), g), h), j) y l) del Art. 4° de la Ley 472 de 1998.

You might also like

Presidente de la República asegura que se está haciendo justicia con Miguel Uribe Turbay tras abatimiento de alias «Robinson»

Exconvicto providenciano deambula por calles de Cómbita, Boyacá, tras pagar su condena.

¡Golpe demoledor contra las Autodefensas Conquistadoras de la Sierra Nevada!

Luego de analizada la demanda el Despacho observó que, en el presente asunto, previo a la presentación de la misma, la Procuraduría 17 Judicial II Ambiental y Agraria el 02 de septiembre de 2021 a través de correo electrónico y Oficio No. 3600017- SAI00000662, en ejercicio de la función preventiva consagrada en los artículos artículo 277 y 278 de la Constitución Política y la Ley 262 de 2000, requirió al INPEC-Cárcel San Andrés Isla que de manera inmediata adoptara las medidas necesarias para suspender el vertimiento de aguas residuales en los predios aledaños a dicho establecimiento, en aras de proteger los derechos colectivos invocados.

Puede ser una imagen de naturaleza y masa de agua

Posteriormente, el 04 de octubre de 2021 por medio de correo electrónico, la actora remitió la misma solicitud a la entidad aquí demandada. Ante dichos requerimientos, el INPEC dio respuesta en fecha 15 de octubre y 19 de noviembre de 2021, con radicado No. E-2021-007289 y 2021EE0208402 respectivamente.

Así las cosas, teniendo en cuenta que la demanda cumple con los requisitos y formalidades previstos en la Ley 472 de 1998 y Ley 1437 de 2011, se ordena:

PRIMERO: ADMÍTASE el presente medio de control de Protección de Derechos e Intereses Colectivos.

SEGUNDO: TRAMÍTESE por el procedimiento previsto en el Título II de la Ley 472 de 1998 y el Art. 144 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo-C.P.A.C.A.

TERCERO: VINCULAR al extremo pasivo de la litis, al Departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina y a la Corporación para el Desarrollo Sostenible del Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina- CORALINA.

CUARTO: EXHÓRTASE a la demandante para que en la interposición de futuras demandas cumpla con el deber de las cargas procesales

QUINTO: NOTIFÍQUESE personalmente a las demandadas, de acuerdo a los artículos 21 de la Ley 472 de 1998 y 48 de la Ley 2080 de 2021, que modifica el Art.199 de la Ley 1437 de 2011.

Notifíquese también por estado, a la parte demandante, de conformidad con el Art. 50 de la Ley 2080 de 2021 que modifica el Inciso 3 del Art. 201 del código de procedimiento administrativo y de lo contencioso administrativo, el cual indica que “Las notificaciones por estado se fijarán virtualmente con inserción de la

providencia, y no será necesario imprimirlos, ni firmarlos por el secretario, ni dejar constancia con firma y se enviará un mensaje de datos al canal digital de los sujetos procesales”.

SEXTO: INFÓRMESE a la comunidad sobre la admisión de la presente demanda, mediante la utilización de cualquier medio masivo de comunicación o de cualquier mecanismo eficaz, de conformidad con el artículo 21 de la Ley 472 de 1998.

SÉPTIMO: REMÍTASE copia de la demanda y del auto admisorio de la misma a la Defensoría del Pueblo, conforme a lo dispuesto en el artículo 80 de la Ley 472 de 1.998.

OCTAVO: CÓRRASE traslado de la demanda por el término de diez (10) días, para que la parte demandada pueda contestarla y solicitar la práctica de pruebas (Art. 22 Ley 472 de 1998.).

NOVENO: NOTIFICAR a la Procuradora Delegada ante este Tribunal, en consideración a lo prescrito en el artículo 21 de la Ley 472 de 1998 y a la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, en los términos del artículo 171 y 199 del C.P.A.C.A., este último modificado por el artículo 48 de la Ley 2080 del 2021.

DÉCIMO: Requiérase a las entidades y/o autoridades demandadas para que, junto con la contestación de la demanda, aporten al proceso la documentación y demás pruebas que se encuentren en su poder, relacionada con los hechos en que se fundamenta el presente medio de control.

A juicio de la procuradora ambiental y agraria se está presentando un desastre ambiental inminente peligro de daños irreparables en el medio ambiente y en la salud por contaminación de suelos afectación a los ecosistemas aledaños Incluso el Guille filtración al subsuelo y afectación a las fuentes hídricas del sector aunado a los olores ofensivos que de manera permanente se evidencian en la zona afectando la comunidad especialmente en niños y adultos mayores sumado al riesgo en la salubridad de los moradores del sector los internos y funcionarios del Inpec.

 

 

 

 

+2

Previous Post

El desenfrenado interés del grupo Gilinski por comprar algunas compañías del Grupo Empresarial Antioqueño afectará los ahorros pensionales de todos los colombianos

Next Post

Hablar abiertamente de depresión puede ser la diferencia

The Archipielago Press

The Archipielago Press

Related Posts

Presidente de la República asegura que se está haciendo justicia con Miguel Uribe Turbay tras abatimiento de alias «Robinson»
Judiciales

Presidente de la República asegura que se está haciendo justicia con Miguel Uribe Turbay tras abatimiento de alias «Robinson»

by The Archipielago Press
29/09/2026
Exconvicto providenciano deambula por calles de Cómbita, Boyacá, tras pagar su condena.
Judiciales

Exconvicto providenciano deambula por calles de Cómbita, Boyacá, tras pagar su condena.

by The Archipielago Press
29/09/2026
Santa Marta: Ejército refuerza presencia y aviones Kfir sobrevuelan la ciudad tras baja de alias ‘Cholo’ y anuncio de paro armado de las ACSN
Judiciales

¡Golpe demoledor contra las Autodefensas Conquistadoras de la Sierra Nevada!

by The Archipielago Press
23/09/2026
Capturado por orden judicial por el delito de amenaza en San Andrés
Judiciales

Capturado por orden judicial por el delito de amenaza en San Andrés

by The Archipielago Press
23/09/2026
«Juro por mi vida que los voy a acabar, y si no se someten los mando al infierno»: El mensaje del presidente Abelardo de la Espriella a los Conquistadores de la Sierra
Actualidad

«Juro por mi vida que los voy a acabar, y si no se someten los mando al infierno»: El mensaje del presidente Abelardo de la Espriella a los Conquistadores de la Sierra

by The Archipielago Press
23/09/2026
Next Post

Hablar abiertamente de depresión puede ser la diferencia

Please login to join discussion

DECAMERON ALL INCLUSIVE

Veolia – Aguas del Archipielago

Recomendado

Mensaje del Gobernador del Departamento Everth Hawkins Sjogreen a la comunidad ante la necesidad de acatar las medidas de aislamiento social y confinamiento obligatorio

15/05/2020

Gustavo Petro le coquetea y da bienvenida a las y los uribistas que quieran llegar a su campaña 

12/06/2022

Categorías

  • Actualidad
  • Arte
  • Business
  • Ciencia
  • Clima
  • Comercial
  • Comunidad
  • Conflicto colombo-nicaragüense
  • Contacto
  • COVID19
  • Crónica
  • Cultura
  • De Interés
  • Deportes
  • Economía
  • Editorial
  • Educación
  • Elecciones 2026
  • Emprendimiento
  • Entretenimiento
  • Historia
  • Humanitario
  • Información
  • Internacional
  • Investigación
  • Iota
  • Judiciales
  • Medio Ambiente
  • Nacional
  • Nacional e Internacional
  • Opinión
  • Política
  • Providencia
  • Región
  • Reportaje
  • Salud
  • Sin categoría
  • Sociales
  • Tecnología
  • Turismo
  • Uncategorized
  • Video
  • Viral

No te lo pierdas

Agencia de Empleo CAJASAI: Ofertas laborales del sector hotelero, comercial y de servicios para el Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina. 
Comercial

Ofertas laborales del sector hotelero, comercial y de servicios para el archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina.

29/09/2026
Ethnic Roots celebró el día internacional del turismo
Turismo

Ethnic Roots celebró el día internacional del turismo

29/09/2026
Operación Iron: ¿se puede recuperar el centro a punta de allanamientos?
Nacional

Operación Iron: ¿se puede recuperar el centro a punta de allanamientos?

29/09/2026
Queja ciudadana por basurero en la avenida Newball frente al muelle turístico de Cotton Cay, empresa de aseo Trash Busters demora en la recolección de residuos sólidos.
Región

Queja ciudadana por basurero en la avenida Newball frente al muelle turístico de Cotton Cay, empresa de aseo Trash Busters demora en la recolección de residuos sólidos.

29/09/2026
Presidente de la República asegura que se está haciendo justicia con Miguel Uribe Turbay tras abatimiento de alias «Robinson»
Judiciales

Presidente de la República asegura que se está haciendo justicia con Miguel Uribe Turbay tras abatimiento de alias «Robinson»

29/09/2026
Anoche fue quemada la plataforma turística marítima Ibiza, propiedad del exparlamentario exdiputado Jack Housni Jaller. Investigan manos criminales.
Actualidad

Anoche fue quemada la plataforma turística marítima Ibiza, propiedad del exparlamentario exdiputado Jack Housni Jaller. Investigan manos criminales.

29/09/2026
  • Aviso Legal
  • Contacto
  • INICIO
  • Política de Cookies
  • Política de Privacidad
  • Quiénes Somos

Copyright © 2024 Todos los derechos reservados. Desarrollado en Por Zona Creativos SAS.

Gestionar consentimiento
Para ofrecer las mejores experiencias, utilizamos tecnologías como las cookies para almacenar y/o acceder a la información del dispositivo. El consentimiento de estas tecnologías nos permitirá procesar datos como el comportamiento de navegación o las identificaciones únicas en este sitio. No consentir o retirar el consentimiento, puede afectar negativamente a ciertas características y funciones.
Funcional Siempre activo
El almacenamiento o acceso técnico es estrictamente necesario para el propósito legítimo de permitir el uso de un servicio específico explícitamente solicitado por el abonado o usuario, o con el único propósito de llevar a cabo la transmisión de una comunicación a través de una red de comunicaciones electrónicas.
Preferencias
El almacenamiento o acceso técnico es necesario para la finalidad legítima de almacenar preferencias no solicitadas por el abonado o usuario.
Estadísticas
El almacenamiento o acceso técnico que es utilizado exclusivamente con fines estadísticos. El almacenamiento o acceso técnico que se utiliza exclusivamente con fines estadísticos anónimos. Sin un requerimiento, el cumplimiento voluntario por parte de tu proveedor de servicios de Internet, o los registros adicionales de un tercero, la información almacenada o recuperada sólo para este propósito no se puede utilizar para identificarte.
Marketing
El almacenamiento o acceso técnico es necesario para crear perfiles de usuario para enviar publicidad, o para rastrear al usuario en una web o en varias web con fines de marketing similares.
Administrar opciones Gestionar los servicios Gestionar {vendor_count} proveedores Leer más sobre estos propósitos
Ver preferencias
{title} {title} {title}
No Result
View All Result
  • INICIO
  • DEPORTES
  • INFORMACIÓN
  • JUDICIALES
  • NACIONAL E INTERNACIONAL
  • PROVIDENCIA

Copyright © 2024 Todos los derechos reservados. Desarrollado en Por Zona Creativos SAS.