El próximo siete de Mayo en el Juzgado Único Penal Del Circuito Especializado de San Andrés, Isla, continuará el juicio contra Randolf Duke Aguilar, sindicado como presunto Jefe de ‘Los Rastrojos’ en ésta región insular, luego que el Tribunal Superior del Distrito Judicial resolvió confirmar el auto del pasado 11 de Febrero de 2014, proferido por el Juzgado Único penal del Circuito Especializado de esta ciudad, dentro del proceso penal seguido contra Randolf Duke Aguilar, por el delito de ‘Concierto para delinquir’, por los motivos expuestos”, decisión tomada por la Magistrada sustanciadora Shirley Walters Alvarez, Magistrado Javier de Jesús Ayos Batista, y la Magistrada Sandra Cecilia Rodríguez Eslava. Al tiempo que remitió la confirmación de negativa de la nulidad solicitada por la defensa del sindicado Randolf Duke Aguilar con su respectivo expediente al juzgado de origen, para que continúe con la actuación procesal subsiguiente.
Antecedentes.
Como se recordará la defensa de Randolf Duke Aguilar, a cargo del abogado Sergio Augusto Ramírez Mantilla insistió ante el Juez Único penal del circuito especializado, Remo Areiza Taylor, en su petición de nulidad sobre lo actuado en el proceso que se lleva a cabo contra su cliente y le fue negada su solicitud, razón por la cual elevó nuevamente la misma petición al Tribunal Superior de San Andrés, solicitud ésta, que le fue negada nuevamente.
La defensa confiaba en obtener un resultado positivo a favor de su cliente debido a que y con anterioridad obtuvo que uno de los jueces en la cadena procesal no aceptara la imputación por el delito de ‘Desaparición forzada’ en la persona de Jonathan Mattos. Y, en esta ocasión el argumento de solicitud de nulidad se soportó en el presunto incumplimiento del artículo 337 numeral segundo del Código de Procedimiento Penal, atendiendo al incumplimiento de la relación clara y sucinta de los hechos jurídicamente relevantes en un lenguaje comprensible específicamente incorporados en el escrito de acusación. Es decir, según la defensa, el escrito de acusación presuntamente no cumplía a cabalidad con una relación detallada y minuciosa sobre el delito de ‘Concierto para delinquir’ que le fue imputado a su cliente, de haberlo logrado hubiese obtenido la libertad para su poderdante.
La decisión del Tribunal Superior al confirmar lo actuado por el Juez Remo Areiza Taylor procede de lo aprobado en esa instancia superior y condensado en el acta número 6667 en los que hicieron presencia los sujetos del proceso por parte de la Fiscalía General de la Nación la Fiscal Ketty Jurado Rueda, el Procesado Randolf Alejandro Duke Aguilar, el Defensor Sergio Augusto Ramírez Mantilla, y el Procurador Penal Judicial Juan Carlos Narváez Silva.