(Foto tomada de Internet) El presidente ejecutivo de la Cámara de Comercio de San Andrés, Alain Manjarrez Flórez publicó una carta de respuesta de Direct TV Colombia, en la que confirma una noticia que ya era de público conocimiento, sobre la cancelación de operaciones de televisión por cable en la isla de San Andrés.
En la misiva Direct TV Colombia da a entender que existe una imposibilidad técnica de seguir prestando el servicio por una problemática que se ha presentado en el archipiélago y que ha adelantado acciones para tratar de seguir prestando el servicio en el archipiélago, así como la implementación de un plan de acción frente a los suscriptores y fuerzas vivas del archipiélago.
En la era de los mayores avances en materia de telecomunicaciones, DirecTV se declara incapaz de prestar el servicio para las islas por razones tecnológicas que según la compañía le impiden acceder al satélite para bajar la señal para los televidentes abonados que tenían en las islas, a las que de paso le atribuyen un 5 % de piratería de su señal y altos costos para operar.
Dice la misiva de DirecTV que debido a los avances tecnológicos, donde cada vez más los operadores de televisión brindan un mayor número de canales, servicios y mejor definición (alta definición H.D), como también la vida útil del satélite que es presupuestada a no ser mayor de 20 años por obsolescencia tecnológica, capacidad energética, entre otras, para el caso de DirecTV, se ha hecho necesario realizar una migración a un nuevo satélite que preste mejores servicios y con mayor capacidad para poder llevar contenidos de HD y de posteriores resoluciones y servicios que el mundo audiovisual desarrolle no solo en Colombia si no en los diferentes países en donde presta el servicio en la región. Este nuevo satélite no ilumina el archipiélago de San Andrés y Providencia”, dice la misiva de DirecTV.
Aseguran que antes de tomar la decisión de cesar la operación en las islas evaluaron dos opciones tecnológicas y las mismas tampoco le fueron posibles por costos y baja cobertura de señal satelital. “Montaje de una cabecera digital en la isla de San Andrés para tomar las huellas de la región 1 panregional del satélite DLA1. No obstante al realizarse las pruebas, los valores de transpondedores de la huella región 1 presentan valores bajos de señal y los de la huella panregional del satélite DLA 1 son completamente nulos; llevando a que esta opción no sea viable en lo técnico. Alianza con el operador de internet Sol Cabe para prestar el servicio a través de fibra. Descartado por altos costos en el transporte de la señal desde el continente que no hacen viable una oferta comercial en el archipiélago, lo anterior sumado a un problema de piratería que se estima en un 5.4 %”, precisa la comunicación de Natalia Iregui Ortigoza, Vicepresidente Legal y de Relaciones Institucionales.
Indignación ciudadana
El tema de inmediato generó polémica en las redes sociales. “Todo operador de tv cable satelital está obligado a prestar el servicio en el territorio nacional, San Andrés es parte de Colombia. Hay que obligar a la Autoridad Nacional de Televisión que intervenga este asunto. O emplear un mecanismo legal para que se les obligue a cumplir tales obligaciones contraídas en virtud del contrato celebrado con el Estado como cable operador”, expresó un ciudadano por la red de Facebook.
Frente a esto el presidente ejecutivo de Cámara de Comercio, Alain Manjarrez Flórez dijo que ya la ANTV se había pronunciado frente a una solicitud de intervención que le fue formulada.
“Según oficio de la ANTV de Fecha 28 de Mayo de 2.015, la entidad que regula la televisión en el País manifiesta: » DIRECTV COLOMBIA LTDA, es un concesionario del servicio de televisión mediante el contrato No.057 de 1996, bajo el cual se le autorizo colocar en el comercio y proporcionar a todas las personas en el territorio nacional el uso de instalación de los equipos de recepción de señales de televisión directa por satélite»………. «Dadas las anteriores consideraciones se le manifiesta al peticionario que si bien el área de cubrimiento del concesionario es todo el territorio nacional, no se pactó estipulación contractual que obligue al concesionario a prestar el servicio en un determinado lugar dentro del mismo» – Radicado No.201500010177.”
Si no se hizo así, se presume que fue una decisión unilateral de modificación de unas cláusulas contractuales que afectaron los intereses de una de las partes, por lo tanto se intuye que, o fue una decisión arbitraria o no contó con el aval del ente rector, en este caso la ANTV, por lo tanto este ente es quien tiene que pronunciarse al respecto. No se puede predicar tal intervención por la respuesta a un derecho de petición de un ciudadano, por cuanto si era una decisión avalada por la ANTV, debieron masificarla.