La demanda que presentó el presidente Juan Manuel Santos en contra del Pacto de Bogotá para no acatar la decisión de la Corte Internacional de Justicia de La Haya sobre los límites marítimos del país que benefició a Nicaragua, fue negada por la Sala Plena de la Corte Constitucional, en una votación de cinco votos a favor contra cuatro negativos, por lo que el tratado —Ley 37 de julio de 1961—, sigue vigente. Aunque la Corte declaró exequible la norma, esto no indica que Colombia tiene que acatar el fallo que profirió CIJ, pues el Pacto de Bogotá (o Tratado Americano de Soluciones Pacíficas) no aplica para cuando se trata de diferencias limítrofes, ya que la Constitución de 1991 señala que los límites del territorio nacional sólo pueden modificarse en virtud de tratados aprobados por el Congreso, debidamente ratificados por el Presidente de la República.
Esto indica que si no hay un tratado con Nicaragua, no se puede aplicar el fallo que modificó la frontera nacional. El presidente Juan Manuel Santos celebró la decisión de la Corte, que “acogió la tesis que hemos venido sosteniendo”, y dijo que espera conocer el fallo completo para determinar cuáles son los pasos a seguir. Juan Ramón Martínez, profesor de Derecho Internacional de la Universidad del Rosario, criticó la decisión: “En la academia vemos con estupor la decisión de la Corte”. Agregó que ya en la ponencia del magistrado Mauricio González se veían “unos errores”, por lo que dijo que la decisión termina “siendo política y no jurídica”.
“Por un lado hay errores importantes en derecho internacional, por otro lado, se plantea, sin necesidad, el desconocimiento de la Corte Internacional de Justicia cuando se trata de la definición de límites, craso error, porque cuando firmamos la Carta de San Francisco nos comprometemos a cumplir las sentencias de la CIJ. Y es que la Corte profiere en su mayoría este tipo de decisiones, para que a la larga se eviten las confrontaciones bélicas”, aseguró Juan Ramón Martínez. Sobre este debate, el procurador General de la Nación, Alejandro Ordóñez, le había pedido a la Corte Constitucional que fallara a favor del país, argumentado que la CIJ “no tiene competencia para establecer los límites de Colombia, ni para modificar los límites que ya hayan sido acordados por el Estado colombiano, o en otras naciones a través de tratados internacionales o que ya hayan sido definidos en laudos arbitrales en que haya sido parte el Estado colombiano”.
Hace unas semanas, el diario El Espectador había revelado algunos de los argumentos contenidos en la ponencia del magistrado Mauricio González: “El Pacto de Bogotá es constitucional siempre y cuando se entienda que el reconocimiento de la jurisdicción de la Corte Internacional de Justicia, en las materias a las que alude, no puede comprender la decisión de asuntos que puedan implicar la variación de la situación general del territorio o afectar la integración del mismo”. Sin embargo, el profesor Martínez aseguró que la decisión de la Corte Constitucional no tiene ningún efecto sobre lo que ya decidió la CIJ, “eso no tiene reversa; y hay que mirar que Colombia ha respetado la presencia de Nicaragua en el mar, que al día siguiente de la decisión empezó a ejercer soberanía”. Por su parte, Juan Carlos Moncada, Carlos Eduardo Borrero y Jessica Mancipe, quienes también demandaron el Pacto de Bogotá, dijeron que la sentencia de la Corte es una respuesta coherente a los cargos de violación que se plantearon del artículo 101 de la Constitución.