Tras ser presentado ante la justicia. Luego de la imputación formal efectuada por la Fiscalía en su contra finalmente fue remitido a la cárcel ‘Nueva Esperanza’, Telly Shown Jay Goodsell, identificado con cédula de ciudadanía número 18.010.459, sindicado por el delito de Fabricación, Tráfico y Porte de Armas, Municiones de Uso Restringido, de Uso Privativo de las Fuerzas Armadas y Explosivos, luego que fuera legalizada su captura ante la Juez Primero Promiscuo Municipal con Funciones de Control de Garantías.
La diligencia judicial efectuada en el salón de audiencias de la avenida Hell Gate, el Fiscal Wilson Baleta Monterrosa, solicitó le fuese impartida legalidad a la orden y al procedimiento de registro y allanamiento del inmueble ubicado en la ‘Loma Back Lali’, al lado izquierdo de la vía principal por la ‘Loma del Bolivariano’ a ‘Loma Barack’, el inmueble lo separa un terreno baldío donde estuvieron las bases del ‘Edificio Empoislas’. Es así que corrido el traslado de los elementos materiales probatorios allegados y escuchados la posición de todas las partes, el despacho de la Juez de la causa accedió a la solicitud del ente acusador por ser procedente. Toda vez que la órden cumple los presupuestos de ley el registro y el allanamiento que se realizó fue conforme a lo preceptuado en el ordenamiento público.
Legalización de captura
Se le impartió legalidad a la captura hecha en contra del indiciado Telly Shown Jay Goodsell, identificado con cédula de ciudadanía número 18.010.459 por el delito de Fabricación, Tráfico y Porte de Armas, Municiones de Uso Restringido, de Uso Privativo de las Fuerzas Armadas y Explosivos.
Formulación de imputación
Seguidamente, le fue formulado el cargo al indiciado, por el delito de Fabricación, Tráfico y Porte de Armas, Municiones de Uso Restringido, de Uso Privativo de las Fuerzas Armadas y Explosivos, previsto en el artículo 366 del Código Penal por lo que adquirió de inmediato la calidad de imputado. Vale decir que Telly Shown Jay Goodsell, identificado con cédula de ciudadanía número 18.010.459, se allanó a los cargos formulados por la Fiscalía, por lo que se ordenó el envío de la carpeta con el expediente del caso a la Oficina de Coordinación Administrativa y Servicios Judiciales a fin de que lo repartiera al Juez competente para lo de su resorte.
Imposición de medida de aseguramiento
Como segundo procedimiento la Fiscalía solicitó la imposición de medida de aseguramiento privativa de la libertad y en centro carcelario al imputado Telly Shown Jay Goodsell, identificado con cédula de ciudadanía número 18.010.459. Mientras que el Ministerio Público en su intervención no se opuso a la solicitud, pues consideró que se demostraron los requisitos necesarios para imponer la medida. Por su parte la defensa técnica del imputado representada por el abogado José Ramírez Castro, manifestó no tener elementos materiales probatorios con los que pudiera controvertir la solicitud deprecada por el ente acusador, por lo que aceptó todo lo decidido por el despacho de la Juez de la causa. Posteriormente la Juez Primero Promiscuo Municipal, accedió a imponer la medida de detención preventiva en centro carcelario del imputado, y ordenó oficiar en tal sentido, sin que ninguna de las partes interpusiera recurso alguno.