Así lo recordó un experto en asuntos policiales y judiciales que nos remitió al Título XIII de los Delitos contra la Salud Pública, y de las afectaciones a la Salud Publica, para lo cual será aplicable el artículo 368 de la mencionada codificacion, la cual contempla entre cuatro y hasta ocho años de cárcel, para el que viole la medida sanitaria adoptada por la autoridad competente para impedir la introducción o propagación de una epidemia.
Anoche en su alocución radio televisada el presidente de la República Iván Duque Márquez , donde el jefe de Estado anunció las medidas adoptadas por el Gobierno para evitar la propagación del virus que ya registra 54 casos confirmados, advirtió que se debían adoptar medidas de aislamiento social de carácter obligatorio para todos los habitantes del país, lo cual se puede interpretar como susceptible de aplicación de cualquier sanción penal para quien lo desacate.

















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