En caso de violencia intrafamiliar hubo exceso de la Fiscalía para mantener preso al indiciado. Por solicitud del abogado penalista César Augusto Londoño Molina, se llevó a cabo ante el Juzgado Segundo Penal con funciones de Control de Garantías de la Isla de San Andrés, audiencia de Revocatoria de Medida de Aseguramiento resultando efectiva ésta y por ende lográndose la libertad del indiciado de Rony Orlando Pomare Martínez, , dentro del proceso que se surte en su contra y quien se encontraba recluido en la Cárcel Nueva Esperanza desde el día 7 de Junio de 2015, por solicitud de la Fiscal 27 local encargada de San Andrés, Aixa Zulma Archbold Triana.
A juicio del togado la fiscal actúo de forma ligera, irresponsable y sin que mediara una construcción de inferencia lógico razonable de autoría dentro del caso en que se le imputó a su cliente el delito de violencia intrafamiliar agravada por presuntos hechos constitutivos de tal modalidad y los cuales se tacharon de absurdos e infundados por parte de Londoño Molina en atención a que los mismos consideran no se adecuan al tipo penal por ausencia del elemento subjetivo del tipo, aunado a la ausencia de elementos materiales probatorios contundentes para soportar la particular teoría del caso de la Fiscal encargada.
Se trata del caso publicado en The Archipiélago Prees en la edición del 9 al 16 de Junio de 2015, en el que según informes de la Fiscalía el imputado Pomare Martinez, habría agredido de forma brutal a dos de sus hijos de 8 y 4 años de edad respectivamente, atormentándolos con un castigo físico sin compasión y empleando una fuerza desmedida que causó deformidades físicas de carácter permanente que le llevaron a la cárcel y que lo exponía a una pena de prisión que oscila entre los seis y los catorce años de prisión.
Según la Fiscalía y conforme lo manifestó en el mes de Junio en la audiencia de solicitud de imposición de medida de aseguramiento, el imputado un año atrás, es decir en el mes de mayo del 2014,encontrándose drogado habíadesplegado una fuerza brutal en contra de su pequeña de ocho años a quien había dado una paliza con un palo hasta partir el mismo en la humanidad de la menor y no satisfecho con ello, había cortado otra rama del mismo árbol aun más grande para seguirle pegando sin cansancio a la menor de sus hijas infringiéndole tal castigo a la pequeña que le causo deformidad de carácter permanente en sus piernecitas; Posterior a esto, dice la Fiscalía el iracundo totalmente enceguecido, cogió a su pequeño hijo de cuatro años por el cuello y lo lanzo en varias oportunidades contra el piso, golpeándole la espalda sin compasión y diciéndole que le ahorcaría, dicha solicitud de aseguramiento la soportó en la denuncia realizada por la madre de los menores en mayo de 2014 , el testimonio de la suegra del imputado y un dictamen de Medicina Legal en el que se hizo alusión a una lesión física de carácter permanente en lo que tiene que ver con la menor de edad agredida brutalmente por su propio padre, en dicha audiencia el presunto agresor estuvo representado por un abogado de oficio designado por la Defensoría del Pueblo, quien le aconsejaba al imputado aceptar los cargos para que se le rebajara la pena hasta la mitad, pero tal consejo fue rechazado por el imputado quien no aceptó los cargos diciendo que era inocente.
Una vez trasladado a la Cárcel Nueva Esperanza la familia del presunto agresor contrató los servicios del abogado Jeison Taylor, quien según el procesado nunca lo visitó y pretendía adelantar un preacuerdo de aceptación de cargos con la fiscal del caso, pero se tiene que el mismo tuvo aspiraciones políticas y se presentó como candidato a la Asamblea Departamental y por tal motivo dice la madre del imputado “abandonó el caso”, por lo que a instancias del hoy diputado José Mitchell, se contacto al abogado Londoño, quien luego de escuchar el audio de la audiencia de imputación y medida de aseguramiento asumió la defensa advirtiendo desde el principio, que se trataba de un caso de completa ineptitud por parte del delegado de la Fiscalía, sumado a una falta de defensa técnica y a una errada interpretación del dictamen forense, pues según él, no existían motivos fundados para que el procesado estuviera recluido en una cárcel y catálogo de una irresponsabilidad y ligereza a la fiscal encargada Aixa Zulma Archbold.

















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