El Ministerio del Trabajo a instancias de la Superintendencia del Subsidio Familiar, mediante resolución número 5 5 0 del 2013 del (31 de julio de 2013) aprobó las decisiones adoptadas por la XXXV Asamblea General Ordinaria de Afiliados a la Caja de Compensación Familiar de San Andrés y Providencia Islas, Cajasai, y donde se eligieron los cinco consejeros directivos de la Caja en representación de los empresarios, y sus suplentes y se tomaron otras determinaciones», con lo cual se completó el cuadro directivo de la entidad al sumarse estos a los cinco consejeros y sus suplentes que se eligieron por los empleados.
La Superintendente en ejercicio de sus facultades legales, en especial de las conferidas por la Ley 25 de 1981, el Decreto 2595 de 2012, el Decreto Reglamentario 341 de 1988, la Ley 789 de 2002, el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, dio el trámite administrativo respectivo para estos nombramientos.
Como se recuerda la Caja de Compensación Familiar de San Andrés y Providencia Islas — Cajasai – celebró la XXXV Asamblea General Ordinaria de Afiliados el día 26 de junio de 2013, según consta en la copia del acta 35 remitida con comunicación Dirección 203/13 del 26 de julio de 2013 y radicada en esta Superintendencia con el número 2013-003882-7797 del 30 del mismo mes y año. En la citada reunión se aprobó: los Estados Financieros a 31 de diciembre de 2012 (Por el sí 242 votos y por el no 191). Asi como elegir Consejo Directivo para el período 2013 – 2015 en representación de los empleadores, el cual quedó conformado por los principales: Empleador representante legal — delegado Distri Lujo, NIT. 15.242.461-5; Instituto Colombiano Agropecuario, -ICA, NIT. 899.999.069-7; U.A.E. Aeronáutica Civil, NIT. 899.999.059-3; Alava Hoteles Ltda, NIT. 900.194.623-5; (5) Cámara De Comercio De San Andres Y Providencia Islas, NIT. 892.400.080-2; Antonio Francisco Vonblon Pomare, C.C. No. 15’242.461: José Miguel Cardona Castro, C. C. No. 70’103.294; Julieth Howard González, C.C. No. 40’990.078; Julio Eduardo García Jaramillo, C. C. No. 70.126.354; Alain Enrique Manjarrez Florez, C. C. No. 18.002.921. Y como Suplentes, Empleador Representante Legal – Delegado: Instituto Colombiano De Bienestar, Familiar -I.C.B.F.NIT. 899.999.239-2; Susany’s Bread, NIT. 39.153.523-9; Mount Zion Baptist Church, NIT. 827.000.048-3; Lucky 7 Entretenimiento Limitada, NIT. 900.235.380-8; (5) Instituto Nacional de Formación, Técnica Profesional de San Andrés y Providencia Islas-Infotep, NIT. 892.400.461; Juan Carlos Bonilla Davis, C.C. No. 18’000.507; Olga Lucía Olsen Vásquez, C. C. No. 39’153.523; Ricky Newball Grenard, C. C. No. 18’000.043; Claudia Patricia Cifuentes Robles, C.0 No. 40.988.191; Nareta Steele Pérez, C. C. No. 40.986.788.
Elección del Revisor Fiscal Principal y Suplente para el periodo 2013 —2015, el cual quedó conformado así (votación por el principal de 228 votos y del suplente de 155 votos): Principal, Franco Yates Mcnish, C.C. No. 15’241.994-T. P. No. 85.144-T; Suplente, Neila Celina Jay Pomare, C.C. No. 40’990.165-T. P. No. 109.542-T. La fijación de la remuneración de la Revisoría Fiscal Principal se estableció en 9 salarios mínimos legales mensuales vigentes ($5’305.000.00), variable cada año. La fijación de la remuneración de la Revisoría Fiscal Suplente se estableció en 10 salarios mínimos legales mensuales vigentes ($5’895.000.00), variable cada año. Fijación de la cuantía hasta la cual puede contratar el Director Administrativo sin autorización del Consejo Directivo, la cual es ratificada hasta por ciento cincuenta (150) salarios mínimos legales mensuales vigentes.