Los derechos fundamentales al agua potable, la vida, la salud y la dignidad humana fueron reconocidos tras tutela interpuesta por la Procuraduría.
Juzgado ordenó a empresas contratistas que pavimentaban la carrera 13 de la isla, reparar infraestructura del sistema de acueducto.
Tal como lo reveló el viernes pasado The Archipielago Press, hoy la Procuraduría General de la Nación a través de un boletín de prensa confirma que la tutela interpuesta por la Procuraduría Ambiental y Agraria ante una presunta vulneración al derecho fundamental al agua potable fue resuelta en favor de los habitantes de la zona rural de San Andrés, afectados desde el mes de junio pasado, por un daño ocasionado, al parecer, por contratistas de una obra vial en la carrera 13 y las avenidas Loma Barrack y Colón.
En su sentencia, el Juzgado Segundo Civil Municipal de San Andrés Islas ordenó a la Unión Temporal (UT) Progreso Vial San Andrés 22 y a la Asociación Regional de Municipios del Caribe (Aremca) informar y acreditar en un plazo de 48 horas, si cumplió con la construcción de los registros de paso necesarios para la instalación de cableado por parte de la firma Soluciones de Ingeniería SAS.
Además, las firmas contratistas deberán garantizar la reparación de la red de media tensión eléctrica de la desalinizadora con el fin de restablecer su funcionamiento normal, en un término no mayor a un mes.
El ente de control advirtió que, al ejecutar una obra pública los contratistas adquieren la responsabilidad de “(…) atender los imprevistos que se produzcan con ocasión a su ejecución y más aún prever dichas situaciones (…)”.
Y agregó que en este caso particular, la UT y Aremca debieron verificar la ubicación de los conductos de los servicios públicos que se encontraban en las vías intervenidas, para evitar averías que afectaran el suministro de energía al sistema de captación de la planta desalinizadora de la isla.
Por último, al juez sentenció que, atendiendo sus funciones constitucionales y legales, la Procuraduría, la Defensoría y la Superintendencia de Servicios Públicos deberán realizar el acompañamiento respectivo para que las empresas accionadas cumplan esta decisión en favor de quienes se han visto afectados por la falta de regularidad y continuidad en el servicio de acueducto.