(Captura de imagen de Internet) Proceso debe comenzar este año para la presentación de balances en el 2015. Muchas son las empresas de las islas que hasta ahora no han empezado a implementar las NIIF, un modelo estándar de normas internacionales financieras exigidas por la Ley a partir del año 2014 y cuya vigilancia está a cargo de la Superintendencia de Sociedades, que es quien viene liderando el proceso de convergencia hacia las NIIF, y la sanción que se ha establecido por su incumplimiento.
Este proceso de convergencia ha debido iniciarse a lo largo del año 2014, para la presentación de balances iniciales bajo normas NIIF, a partir de enero del 2015.
Los principales aspectos del modelo NIIFse establece en el marco normativo del artículo 19, numeral 3 del Código de Comercio, donde se menciona que es obligación de todo comerciante llevar contabilidad regular de sus negocios conforme a las prescripciones legales. A su vez el artículo 50 también del Código de Comercio consagra que la contabilidad solamente podrá llevarse en idioma castellano, por el sistema de partida doble, de manera que suministre una historia clara, completa y fidedigna de los negocios del comerciante, con sujeción a las reglamentaciones que expida el gobierno. En consonancia con esto la Ley 1314 del 13 de julio de 2009 en sus considerandos determina “Por la cual se regulan los principios y normas de contabilidad e información financiera y se aseguramiento de la información aceptados en Colombia…” donde se faculta al Gobierno Nacional para emitir las normas pertinentes (artículo 6 Ley 1314/2009)
A la Superintendencia le corresponde cumplir con las funciones de inspección, vigilancia y control asignadas, según las cuales debe vigilar que los entes económicos bajo inspección, vigilancia o control, así como sus administradores, funcionarios y profesionales de aseguramiento de información, cumplan con las normas en materia de contabilidad y de información financiera y aseguramiento de información, y aplicar las sanciones a que haya lugar por infracciones a las mismas”. El numeral 3 del artículo 86 de la Ley 222 de 1995 establece que la Superintendencia tiene la facultad de imponer sanciones o multas, sucesivas o no, hasta de doscientos salarios mínimos legales mensuales, cualquiera sea el caso, a quienes incumplan sus órdenes, la ley o los estatutos
En conclusión, la sociedad que no atienda estas disposiciones legales se vería abocada a un incumplimiento de la normatividad sobre contabilidad e información financiera y por ende, su contabilidad no se llevaría conforme a las normas legales y la técnica contable, lo cual implica que la tanto la entidad como sus administradores podrían ser objeto de sanciones.
Por lo anterior, actualmente el País se encuentra en un proceso de convergencia de las normas locales anteriores contenidas fundamentalmente el Decreto 2649 de 1993 a estándares internacionales de información financiera, en cuya nueva reglamentación se establecen condiciones y términos que deben cumplir los preparadores de información. Es así como la Superintendencia, mediante circular 115-000001 del 9 de enero de 2013 ha venido solicitando a las sociedades información sobre el plan de Implementación de las NIIF.
Para mayor claridad las empresas isleñas que aún no han implementado las llamadas NIIF deben empezar a consultar con consultores expertos en el tema que ofrecen servicios en este sentido.
The Archipiélago Press consultó al respecto a la firma C& H, Control y Hacienda S.A.S, asesores consultores quien explicó que este proceso busca convertir las cifras reflejadas bajo normas contables colombianas a su equivalente en Normas Internacionales de Contabilidad, hacer ajustes, manuales de políticas contables, revisión de programas e informes de auditoría; proceso que se puede tomar, según el tamaño de la empresa y el Grupo al que pertenezca según la categorización establecida por la Superintendencia, entre cuatro y siete meses, y deben estar listos antes del 1 de enero del 2015. Y suministraron un número de contacto para las empresas interesadas en dicho proceso, en el abonado celular 3004835837.