En una comunicación dirigida al gobernador de San Andrés y Providencia Nicolás Gallardo Vásquez y compartida con operadores aéreos qué cubren las rutas en, desde y hacia San Andrés, Providencia y Santa Catalina la Aeronáutica Civil ha notificado lo que ya consigna la Ley 47 de 1993, sobre la exclusión del impuesto de valor agregado sobre bienes y servicios en este territorio, para el caso puntual, el combustible para aviones que se comercializa en el Archipiélago para la aviación.
«Concepto de la @DIANColombia concluye que la venta de combustible para avión por parte de distribuidores mayoristas, que tengan como destino el territorio del Archipiélago, se encuentra excluida de IVA»




















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