Por Albert Mitchell
Algunos altos funcionarios del Bogotá supuestamente dijeron que el fallo de la corte internacional de justicia de la Haya, Holanda que dirimió el diferendo marítimo entre Colombia y Nicaragua fue Salomónico.
El propósito de este escrito es analizar si realmente el fallo de la Corte internacional de Justicia que “soluciono” el problema entre Colombia y Nicaragua del diferendo marítimo fue Salomónico. En seguida entraremos a analizar lo que significa fallo Salomónico: Según I de reyes capítulo 3: 16 – 26, dos mujeres (rameras) se presentaron ante el Rey Salomón para que él sentenciara la decisión de cuál de las dos mujeres eran la verdadera madre del hijo vivo.
El texto Bíblico dice así:
“En aquel tiempo vinieron al rey dos mujeres rameras, y se presentaron delante de él.
17 Y dijo una de ellas! Ah, señor mío! Yo y esta mujer morábamos en una misma casa, y yo di a luz estando con ella en la casa.
18 Aconteció al tercer día después de dar yo a luz, que ésta dio a luz también, y morábamos nosotras juntas; ninguno de fuera estaba en casa, sino nosotras dos en la casa.
19 Y una noche el hijo de esta mujer murió, porque ella se acostó sobre él.
20 Y se levantó a medianoche y tomó a mi hijo de junto a mí, estando yo tu sierva durmiendo, y lo puso a su lado, y puso al lado mío su hijo muerto.
21 Y cuando yo me levanté de madrugada para dar el pecho a mi hijo, he aquí que estaba muerto; pero lo observé por la mañana, y vi que no era mi hijo, el que yo había dado a luz.
22 Entonces la otra mujer dijo: No; mi hijo es el que vive, y tu hijo es el muerto. Y la otra volvió a decir: No; tu hijo es el muerto, y mi hijo es el que vive. Así hablaban delante del rey.
23 El rey entonces dijo: Esta dice: Mi hijo es el que vive, y tu hijo es el muerto; y la otra dice: No, más el tuyo es el muerto, y mi hijo es el que vive.
24 Y dijo el rey: Traedme una espada. Y trajeron al rey una espada.
25 En seguida el rey dijo: Partid por medio al niño vivo, y dad la mitad a la una, y la otra mitad a la otra.
26 Entonces la mujer de quien era el hijo vivo, habló al rey (porque sus entrañas se le conmovieron por su hijo), y dijo: !!Ah, señor mío! dad a ésta el niño vivo, y no lo matéis. Mas la otra dijo: Ni a mí ni a ti; partidlo.”
Vemos entonces que el rey estaba lleno de sabiduría divina y no partió el niño vivo en dos, sino que lo entrego vivo y entero a su verdadera madre; la Corte internacional de Justicia de la Haya dividió y corto al mar en dos, entregando casi la totalidad a Nicaragua.
La sentencia del Rey Salomón estaba llena de sabiduría divina; la sentencia de la corte Internacional de justicia no estaba llena ni siquiera de sabiduría humana.
La sentencia del Rey Salomón estaba llena de Justicia; la sentencia de la Corte internacional de Justicia no estaba llena de Justicia.
La sentencia del rey Salomón se basó en la justicia total; la sentencia de la Corte internacional de justicia de la Haya no se basó en justicia total.
Todos los que debieron participar en el proceso del Rey Salomón estaban presentes ante él; todos los que debieron participar en el proceso de la Corte internacional de Justicia de la haya no estaban presentes, porque no había participación raizal, ni mucho menos participación de las personas de la región autónoma de Nicaragua.
El rey Solomon escucho lo que tenían que decir las partes involucradas en el conflicto; la Corte Internacional de Justicia no.
El fallo del Rey Salomón se Basó en información perfecta de ambas partes; el fallo de los magistrados de la Corte Internacional de Justicia, no.
El fallo del Rey Salomón se basó en sabiduría pura y perfecta; el de la corte internacional de Justicia, no.
El fallo del Rey Salomón se basó en la cooperación, el fallo de la Corte Internacional de Justicia se basó en la no cooperación.
El fallo del Rey Solomon no generó más conflictos entre las partes; el fallo de la Corte Internacional de Justicia generó más conflictos, porque Nicaragua interpuso más demandas en contra de Colombia pretendiendo conseguir más territorio.
Las dos mujeres rameras que se presentaron ante la CIJ reclamando los mares de los Raizales y de los de la Costa de las Mesquitias no eran los verdaderos dueños de lo que se disputaba, en el polémico fallo de la CIJ; no obstante, en el proceso ante el rey Solomon, estaban las madres de los dos niños, pero el rey le entregó al niño vivo a su verdadera madre.
Quizás podríamos encontrar miles de razones para explicar o demostrar que el fallo del 19 de septiembre del 2012 por la CIJ no fue salomónico.
Por lo anteriormente expuesto se concluye que el fallo de la Corte internacional de justicia de la Haya, de fecha calendada 19 de noviembre del 2012 no fue Salomónico, contrario a lo que han dicho altos funcionarios del gobierno nacional.