Con apoyo jurídico de la Defensoría del Pueblo.El abogado defensor de la Defensoría del Pueblo Ángel Urzola quien logró la libertad de su defendido invocando el ‘Bloque de Constitucionalidad’ sobre ‘Derechos Humanos’ y ‘Dignidad Humana’. Es de anotar que el veterano Jurista ha tenido entre sus innumerables distinciones el ser catedrático de la ‘Escuela Superior de Guerra’ de nuestro país.
Por. Alberto Guerra García.-
Libertad provisional con la condicionante de observar buena conducta y estar atento para ser requerido en varias audiencias subsiguientes y a la espera de un fallo definitivo quedó el ciudadano Oswald Reyes Mesino, identificado con la cédula de ciudadanía número 1.123.621.569 de San Andrés, de 27 años de edad, mototaxista, con dos hijos y conviviente en unión libre, tras audiencia judicial presidida por el Juez Segundo Promiscuo Municipal con funciones de Juez de Garantía Pablo Quiroz Mariano y celebrada el pasado 4 de febrero de 2014 siendo las tres de la tarde. Por su parte, el imputado Oswald Reyes Mesino se allanó a los cargos por la comisión del delito de ‘Tráfico, porte y fabricación de estupefacientes.
Así las cosas, el Fiscal 26 Orlando Redondo Guzmán quien dirigió la investigación, se abstuvo de solicitar la respectiva medida de aseguramiento para lo cual contó con la anuencia de la Procuradora 292 Judicial Primera Penal Betelgeuse Fyne Acosta, quienes consideraron que al imputado le fue hallada en su poder una cantidad mínima de seis gramos cocaína que excedió en cinco veces la dosis mínima legal pero que no supera los cien gramos, es decir, no es una cantidad grande. No le figuran agravantes de mayor punibilidad ya que no se le pudo comprobar que trabajara para alguna organización delictiva, además, no tiene antecedentes judiciales, tiene arraigo en las islas, es padre de familia, y no es un peligro para la sociedad.
Por su parte el abogado de oficio proveniente de la Defensoría del Pueblo Ángel Urzola invocó el ‘Bloque de Constitucionalidad’ con todos los tratados internacionales y anexos en defensa de los derechos humanos y dignidad humana que fueron atendidos de inmediato por el presidente de la audiencia judicial con la libertad provisional de su defendido.
Los hechos.
La historia se remite al pasado día 3 de febrero cuando siendo las 5:36 de la tarde, Oswald Reyes Mesino se desplazaba por el sector del ‘Cocal’, más exactamente por el lugar de comercio ‘La Bobina Mágica’ al ser requerido por uniformados de la Policía Nacional, éstos le hallaron en un canguro portando la cantidad de 21 envolturas de cocaína así comprobadas tras la prueba de PIPH, situación que se configuró en imputación jurídica en ‘Flagrancia’, por lo que fue puesto a disposición de la Fiscalía que adelantó la investigación y presentó al indiciado ante el Juez de garantía con el consabido resultado.
Bloque de Constitucionalidad aplicado por la Defensoría del Pueblo.
Hay una serie de normas que están consagradas en la constitución y existen otras que no están dentro de la Constitución, son pactos internacionales que después el Congreso de la República las aprueba y las suma a la Constitución Nacional el cual recibe el nombre de “Bloque de Constitucionalidad”, es decir, normas que no están dentro de la Carta Magna pero que hacen parte de ella. Entre ellas, la Declaración Universal de los Derechos Humanos, la Declaración Americana de los Derechos del Hombre, la Convención Interamericana, El pacto Internacional de los Derechos Civiles, la Carta de Costa Rica. En resumen se debe acudir al artículo 93 de la Constitución Política de la República de Colombia.