La Juez de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de San Andrés Isla Nedda Arcelia Reeves Pomare, negó por improcedente la Acción de tutela en contra de la Oficina de Tránsito del Departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia, y Santa Catalina Islas; Policía Nacional; y Alberto Gordon Guzmán; e impetrada por la agencia Turística Flaying Dolphins Travels Ltda., cuya personería jurídica se constituyó en la isla con duración proyectada hasta el año 2052 y dentro de su objeto social existe la prestación de servicios de transporte aéreo, marítimo, terrestre o submarino, transporte especial, colectivo, municipal entre otros.
Pretendiendo cumplir con este objeto, adquirieron vehículos a nombre de la Agencia, inscritos ante las autoridades competentes para poder trasladar los diferentes grupos de turistas, actuando bajo el principio de confianza legitima adquirida y cuando el transporte resulte insuficiente, éstos contratarían con otras empresas debidamente constituidas, y cuando lo anterior siguiera siendo insuficiente, se podría acudir a emplear los automóviles tipo taxi de la isla.
La administración departamental restó credibilidad a los argumentos de la Agencia Turística accionante dentro del proceso, e invocó el cumplimiento de las normas vigentes y la celebración de varias reuniones de dialogo para no vulnerar los derechos de las partes, tal cual consta en las actas de las mismas, para lo cual solicitó a la juez amparo Constitucional al no existir vulneración alguna al derecho invocado.
Por su parte la Policía Nacional respondió que viene ejecutando las estrategias institucionales y de gobierno que le son inherentes, aplicando la regulación en materia de tránsito y transporte en atención a su misión de la mentada especialidad.
La Agencia Turística planteó un franco enfrentamiento contra el sindicato de taxistas representado por Alberto Gordon Guzmán, quien también debió comparecer a Juicio tras varios señalamientos en su contra realizados por la Agencia en mención, la que alegó perturbación en el ejercicio de la pretendida labor de transporte; razón por la cual la Juez de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de San Andrés Isla Nedda Arcelia Reeves Pomare, declaró improcedente la solicitud mediante Acción de Tutela de la Agencia de viajes a quien recordó que existen otros mecanismos, recursos ó medios de defensa judicial para que dicho accionante haga valer sus derechos frente a los actos administrativos que considera son vulneratorios, es decir, existen medios de control como la Acción de nulidad, ó nulidad y restablecimiento de derechos y la reparación directa si considera que se le ha causado un daño por un hecho u omisión de estos actos administrativos.