Mediante Resolución 2597 de 2016 del 07-25 la Fiscalía General de la Nación determinó un nuevo grupo de trabajo anticorrupción para la Región Caribe crear el Grupo de Trabajo Anticorrupción para la región Caribe, cuya sede será la ciudad de Riohacha en el departamento de La Guajira, y su misión principal será investigar y judicializar los hechos de corrupción de mayor connotación y gravedad que ocurran o se relacionen con los departamentos de San Andrés y Providencia, Córdoba, Sucre, Bolívar, Magdalena, Atlántico, Cesar y, especialmente, La Guajira.
El Fiscal General de la Nación (e)Jorge Fernando Perdomo Torres, en uso de sus atribuciones constitucionales y legales, y teniendo en cuenta que el artículo 250 de la Constitución Política, modificado mediante el Acto Legislativo 03 de 2002, establece que la Fiscalía General de la Nación está obligada a adelantar el ejercicio de la acción penal y realizar la investigación de los hechos que revistan las características de un delito que lleguen a su conocimiento por medio de denuncia, petición especial, querella o de oficio, siempre y cuando medien suficientes motivos y circunstancias tácticas que indiquen la posible existencia del mismo.
De igual forma la Ley 1654 de 2013 otorgó facultades extraordinarias al Gobierno nacional dirigidas a modificar, definir la estructura orgánica y funcional, así como la planta de personal de la Fiscalía General de la Nación, con la finalidad de reforzar la capacidad operativa para el cumplimiento de las funciones constitucionales y legales; con fundamento en ello, se expidió el Decreto-ley 016 de 2014, que contempla dentro de las funciones del Fiscal General de la Nación la formulación de políticas y directrices para asegurar el ejercicio eficiente y coherente de la acción penal, las cuales en desarrollo de los principios de unidad de gestión y jerarquía son vinculantes y de aplicación obligatoria para todas las dependencias de la entidad, así como las de expedir reglamentos, protocolos, órdenes, circulares y manuales de organización y procedimiento conducentes a la organización administrativa y al eficaz desempeño de las funciones de la Fiscalía General de la Nación.
La norma establece que son funciones del Fiscal General de la Nación, entre otras, expedir reglamentos, protocolos, órdenes, circulares y manuales de organización y procedimiento conducentes a la organización administrativa y al eficaz desempeño de las funciones de la Fiscalía General de la Nación, así como crear, conformar, modificar o suprimir secciones, departamentos, comités, unidades y grupos internos de trabajo que se requieran para el cumplimiento de las funciones a cargo de la Fiscalía General de la Nación, quien además faculta al Fiscal General de la Nación para organizar departamentos, unidades y secciones y señalarles sus funciones para el desarrollo de la gestión misional, administrativa e investigativa y el mejoramiento de la prestación del servicio.
Así mismo el Decreto-ley 016 de 2014, creó la Dirección de Fiscalía Nacional Especializada contra la Corrupción, con competencia en todo el territorio nacional, y mediante la Resolución 0-0573 de 2014, se establecieron las funciones de la Dirección de la Fiscalía Nacional Especializada contra la Corrupción.
Y la Resolución 0-237 de 2016, estableció que el Departamento de La Guajira es de aquellos que requiere una estrategia de priorización especial entre las distintas dependencias de la Fiscalía General de la Nación, especialmente en los hechos constitutivos de Corrupción, teniéndose que la lucha contra la Corrupción es fundamental para la prosperidad de la sociedad colombiana y de especial relevancia en un probable escenario de posconflicto, particularmente en aquellas zonas más afectadas por el conflicto armado.
Y como quiera que hasta la fecha dicha Dirección ha funcionado sólo desde la ciudad de Bogotá, por lo que se requiere progresivamente aumentar su presencia en otras zonas del territorio nacional, especialmente para atender con celeridad y eficacia las investigaciones y judicializaciones por graves hechos de corrupción en la región Caribe en general, apoyando la labor que al respecto hacen las respectivas Direcciones Seccionales, se resolvió crear el Grupo de Trabajo Anticorrupción para la región Caribe, cuya sede será la ciudad de Riohacha en el departamento de La Guajira, y su misión principal será investigar y judicializar los hechos de corrupción de mayor connotación y gravedad que ocurran o se relacionen con los departamentos de San Andrés y Providencia, Córdoba, Sucre, Bolívar, Magdalena, Atlántico, Cesar y, especialmente, La Guajira, en desarrollo de la Resolución 00237 de 2015.
El Grupo estará adscrito a la Dirección de Fiscalía Nacional Especializada contra la Corrupción y, por lo tanto, el jefe jerárquico y funcional de los servidores que lo integren será el Director de esta. En todo caso, los fiscales que integren este Grupo tendrán competencia a nivel nacional.
Los Fiscales que integren el Grupo de Trabajo Anticorrupción para la región Caribe asumirán las noticias criminales que el Director de Fiscalía Nacional Especializada contra la Corrupción les asigne de conformidad con lo previsto en la Resolución 0-0573 de 2014 y, teniendo en cuenta, lo dispuesto en el artículo anterior, así como cualquier otra noticia criminal que les asigne, especialmente el Fiscal General de la Nación.
En todo caso, los Fiscales que integren este Grupo podrán actuar como fiscales de apoyo de los fiscales destacados para asuntos de corrupción que se encuentren adscritos a las Direcciones Seccionales de la región Caribe, en los términos del artículo 10 de la Ley 1142 de 2007, en relación con los casos que estos últimos tengan a su cargo. Para el efecto, el Director de Fiscalía Nacional Especializada contra la Corrupción expedirá las respectivas resoluciones de designación de fiscales de apoyo, según las necesidades del servicio y procurando la colaboración armónica con las respectivas Direcciones Seccionales. De las labores que realicen los fiscales de apoyo rendirán informe tanto al Director de Fiscalía Nacional Especializada contra la Corrupción como al Director Seccional que sea el superior funcional del fiscal a cargo del caso que se ha apoyado.
El Grupo de Trabajo Anticorrupción para la región Caribe estará integrado por cuatro (4) Fiscales adscritos a la Dirección de Fiscalía Nacional Especializada contra la Corrupción y los demás funcionarios adscritos a la Dirección de Fiscalía Nacional Especializada contra la Corrupción, determinados por el Director de esta, según las necesidades del servicio. La sede de trabajo de los mismos será la ciudad de Riohacha.
El Grupo de Trabajo Anticorrupción para la región Caribe será dirigido por el Director de Fiscalía Nacional Especializada contra la Corrupción, quien tendrá las funciones establecidas en el artículo 20 del Decreto-ley 016 de 2014 y en la Resolución 0-0573 de 2014. Con base en lo anterior, el referido Director podrá conformar subgrupos de trabajo al interior del grupo que se crea con esta resolución, según las necesidades del servicio. Igualmente, para los efectos administrativos correspondientes, el Director de Fiscalía Nacional Especializada contra la Corrupción informará al Fiscal General de la Nación y a la Dirección Nacional de Apoyo a la Gestión sobre los funcionarios que integrarán el Grupo, así
como cualquier novedad al respecto.
La Dirección Nación de Apoyo a la Gestión brindará todo el apoyo y soporte requerido para la implementación de las sedes y despachos judiciales, de acuerdo con las necesidades del servicio y conforme a los planes de acción y priorización aplicables. La Dirección Seccional de La Guajira atenderá las situaciones administrativas de los servidores y funcionarios que correspondan a la planta de personal de la Dirección de Fiscalía Nacional Especializada contra la Corrupción que se ubiquen en Riohacha.
















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