Escuchadas las intervenciones de las partes, la Fiscalía solicitó que se impusiera la medida de aseguramiento en contra de Blackstone Muriel, y la detención preventiva en establecimiento de reclusión según lo establece el Código Penal Colombiano una vez realizada la plena identificación del imputado quien responde al nombre completo de Blackstone Jimmy Muriel Forbes, identificado con cédula de ciudadanía número 1.123.622.285 de San Andrés Isla, igualmente fundamentó su petición el Fiscal José Tous Torres en los artículos 306, 308, y 310 del Código de Procedimiento Penal, en síntesis la noticia criminal se fundamenta en el relato de la víctima, Francisco Javier Bow Watson, quien aseveró que para el pasado 9 de junio de 2013 él, se encontraba en la ‘Calle de las Proveedoras’, en una fiesta de un amigo que es conocido como ‘El Loquito’, cuando llegaron cuatro muchachos y uno de ellos le agarró la cadena de plata que tenía puesta, pero, éste le agarró la mano y empezó a forcejear con el muchacho y le propinó una trompada cuando siente que Blackstone le propinó un disparo de arma de fuego en la pierna derecha, este se fue al suelo, y esta persona le hizo dos disparos uno en la pierna derecha y el otro en el pecho, una vez le dispararon se fueron del lugar y empezaron a correr, en minutos llegó la policía y lo acompañaron al hospital donde lo atendieron.
Elementos materiales probatorios insuficientes.
Igualmente el señor Fiscal dijo que de los elementos materiales probatorios tales como el informe de noticia criminal, la evaluación técnico médica del legista donde le da una incapacidad definitiva a la víctima de 140 días presentando como prueba la fórmula médica respectiva y la incapacidad del órgano locomotor de carácter transitorio. Así mismo se presentaron como elementos materiales probatorios la historia clínica del ‘Hospital Amor de Patria’, la fotocopia de la cédula de ciudadanía del imputado, la certificación para la carencia de permiso para el porte de arma de fuego. De todos los anteriores elementos materiales probatorios le llevan a inferir al Fiscal José Tous Torres, que el aquí imputado es el autor material de los delitos de Fabricación, Tráfico y Porte de Arma de Fuego o Municiones, en concurso con Tentativa de Homicidio, e igualmente la solicitud de medida de aseguramiento preventivo en centro de reclusión, puesto que el imputado constituía un peligro para la sociedad, dada la forma como atentó contra su víctima y su integridad personal, y según lo visto en el informe de medicina legal a la víctima le dispararon en ambas piernas y en su pecho y estuvo internado aproximadamente ocho días en el ‘Hospital Amor de Patria’ corriendo su vida riesgo.
Decisión del Juez de la causa.
Así las cosas, el Juez de la causa ordenó no imponer medida de aseguramiento al imputado Blackstone Jimmy Muriel Forbes, identificado con cédula de ciudadanía número 1.123.622.285 de San Andrés Isla, por la comisión de los delitos de Fabricación, Tráfico y Porte de Arma de Fuego o Municiones, en concurso con Tentativa de Homicidio, toda vez que no se cuenta con los elementos materiales probatorios suficientes que indicaran al despacho del Juez de la causa la imposición de la misma. Consecuentemente se ordenó la libertad provisional inmediata.