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El relleno de pantanos, la obra de gobierno que alteró la topografía insular

The Archipielago Press by The Archipielago Press
06/11/2016
in Investigación
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San Andrés antes del relleno de pantanos, década de 1950. Foto Banco de la República

Por César Pizarro B

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 En el año 1964, el entonces Intendente Nacional (1962-1965) Adalberto Gallardo Flórez ejecutó una serie de obras hidráulicas para aumentar la superficie terrestre de la isla, amparado en una norma de 1905 (Decreto Legislativo No. 40) y Ley 2ª de 1943 que autorizó al Gobierno Nacional promover el deslinde,  desagüe y desecado de lagunas, pantanos y lagos de propiedad nacional y que a la vez permitían dar en propiedad a los particulares que hicieran las obras de desecación, los terrenos que quedaran secos después de ejecutadas las mismas.

Por esa vía se desecaron en San Andrés los pantanos Punta Hansa (76.674,765 mts2) y Black Dog (63.694,570 mts2), cuya obra fue contratada a exclusivas expensas de la Intendencia Nacional de San Andrés con la firma holandesa, Van Suramericana, la cual tenía campamentos y bodegas en un predio del entonces intendente Gallardo Flórez Contratista  (según este mismo lo confesó en una escritura pública en poder de esta redacción); predio éste que luego figura intercambiado a la Intendencia Nacional de San Andrés por otro de mejor ubicación, sobre el mar, y en zona rellenada por esa compañía holandesa.

Por estas obras la Intendencia de sus propios recursos le pagó a la Van Suramericana Ltda, en el año de 1966  la suma total de 26 millones 125.028 pesos con 80 centavos, por concepto de relleno de pantanos y bajos y rectificación de costas desde la llamada Casa Presidencial hasta la Rada de Los Icacos, así como el relleno de bajos, con base en contratos de febrero 21 de 1964 y el No. 04 de 1964.

Como quiera que los pantanos desecados eran de propiedad de la Nación, el Gobierno Nacional mediante Decreto 2113 de 1964, firmado por el presidente conservador Guillermo León Valencia autorizó la cesión y traspaso de los lotes que quedaron en seco producto del desecado de los pantanos nacionales, a título de compensación a la Intendencia Nacional de San Andrés, por las inversiones efectuadas por ésta en las obras de desecación y relleno de los terrenos de propiedad nacional. En el mismo decreto el Gobierno Nacional abrió las puertas a que en esas zonas desecadas y rellenadas los particulares reclamaran propiedad (pese a ser cuerpos de agua y de la Nación), al admitir el traspaso a la Intendencia Nacional de San Andrés, “sin perjuicio de los derechos de las personas que posean títulos suficientes y legalmente eficaces frente al Estado, para acreditar propiedad privada”.

Producto de estas acciones la Intendencia Nacional de San Andrés recibió por escritura pública LI 191307 de diciembre 10 de 1966, de la Notaria Única del Circuito de San Andrés,  la cesión de los predios ganados tanto al mar como a los pantanos nacionales, con lo cual el territorio de San Andrés se incrementó en más de 130 mil metros cuadrados.

Pero este aumento artificial de la superficie terrestre de San Andrés lograda a través de obras hidráulicas de gran impacto ambiental para el territorio y la época, lejos de resultar favorable para los pobladores de la isla, representó nuevos problemas porque lo primero que se perdieron fueron importantes cuerpos de agua que contribuían al equilibrio ecológico de San Andrés y muchas de esas tierras pasaron a entidades nacionales que ya estaban asentadas en la isla para la adecuación de sus instalaciones, en otros si hubo beneficio social con la construcción de escenarios deportivos, etc, pero muchas otras pasaron a manos privadas, las cuales luego pudieron ser tituladas por funcionarios públicos y particulares foráneos a través de las normas especiales aprobadas para San Andrés en materia de titulación por la destrucción de los archivos de Notaria, Oficina de Instrumentos Públicos e Intendencia Nacional. Estas normas fueron aprobadas en el año 1972  cuando presidia otro  gobierno conservador (Misael Pastrana Borrero), y el ex intendente en la época del relleno de pantanos (Adalberto Gallardo Flórez) era representante a la Cámara por San Andrés (1970-1974).

Llama la atención que muchos de los predios rellenados hayan quedado en manos de particulares, no obstante que al momento del traspaso a la Intendencia Nacional permitía que se  pudieran ejercer “los derechos de las personas que posean títulos suficientes y legalmente eficaces frente al Estado, para acreditar propiedad privada”.

En declaraciones judiciales del año 1966 por parte del ingeniero Robert Raymond Coulet, funcionario de la Van Suramericana Ltda., y de un auditor de la Contraloría General de la República y del Secretario de Hacienda, “la Intendencia está en quieta y pacífica posesión sin oposición de ninguna persona o entidad, de los terrenos” rellenados. Además hay que indicar que todos los predios rellenados por ser zonas de bajamar que van desde la Casa Presidencial hasta la Bahía de Los Icacos, son bienes de uso público que son imprescriptibles, y una demanda de restitución por imprescriptibilidad podría generar una sentencia revocatoria de títulos en mano de particulares, y de ello hay antecedentes de este año por fallos de la Corte Suprema de Justicia y del Consejo de Estado en la Isla del Morro de Santa Marta y la Ciénaga de la Virgen en Cartagena, que estaban titulados a particulares desde la década de los años setenta.

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